ORDEN de 10 de noviembre de 1993, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se establecen las condiciones de la emisión de Deuda Publica de la Comunidad de Castilla y León de 1993.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Fecha del Boletín: 12-11-1993 Nº Boletín: 218 / 1993

ORDEN de 10 de noviembre de 1993, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se establecen las condiciones de la emisión de Deuda Publica de la Comunidad de Castilla y León de 1993.

El Decreto 225/1993, de 30 de septiembre dispuso la emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León por importe de 23.200 millones de pesetas, fijando a su vez, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, las características generales de la Emisión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el citado Decreto y en uso de la autorización conferida a la Consejería de Economía y Hacienda en el artículo 37.1 párrafo segundo, de la Ley 9/1992.

DISPONGO:

  1. Importe: 23.200 millones de pesetas.

  2. Moneda: Peseta.

  3. Representación de la Deuda: Obligaciones simples al portador de 100.000 ptas. de valor nominal cada una, que se representarán mediante anotaciones en cuenta.

  4. Fecha de emisión: 29 de noviembre de 1993.

  5. Suscripción:

    5.1. Período: Entre el 10 de noviembre y el 25 de noviembre de 1993.

    5.2. Tramos: Se establecerán dos tramos:

    - Tramo mayorista: Al que se destinará el 90% de la emisión.

    Para acceder a este tramo las peticiones deberán superar los 10 millones de pesetas.

    - Tramo minorista: Al que se destinará el 10% de la emisión.

    Se incluirán en este tramo las peticiones por importes inferiores o iguales a los 10 millones de pesetas.

    - Las obligaciones sobrantes en el tramo menos demandado se podrán transferir al otro tramo hasta la colocación completa de las obligaciones sobrantes o hasta cubrir las peticiones no satisfechas.

    5.3. La suscripción se realizará a la par y libre de gastos para el suscriptor.

    5.4. El suscriptor podrá ser cualquier persona física o jurídica.

    5.5. Las suscripciones deberán presentarse cumplimentadas, en cualquiera de las entidades colaboradoras antes de las 14 horas del día 25 de noviembre de 1993.

    5.6. El contrato de aseguramiento y colocación preverá un sistema de prorrateo en el caso de que el importe de las peticiones supere el importe asignado al tramo minorista.

  6. Tipo de interés y fecha de pago de los cupones:

    6.1. El tipo de interés nominal de esta emisión será fijo, estableciéndose en el 8, 30% anual.

    6.2. El pago de los cupones se efectuará anualmente los días 29 de noviembre de cada año, siendo el primero a pagar el 29 de noviembre de 1994.

  7. Amortización:

    7.1. Ordinaria: Los títulos se amortizarán a la par el 29 de noviembre de 2001.

    7.2. Opción para...

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