ORDEN HAC/720/2009, de 16 de marzo, por la que se establecen las características de las Emisiones de Deuda Pública para el ejercicio 2009

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/720/2009, de 16 de marzo, por la que se establecen las características de las Emisiones de Deuda Pública para el ejercicio 2009.

La Junta de Castilla y León, en la sesión del 19 de febrero de 2009, estableció el importe máximo de las operaciones de endeudamiento a largo plazo que la Comunidad de Castilla y León puede formalizar durante el año 2009 en mil ciento noventa y ocho millones setecientos cincuenta y seis mil quinientos cuarenta euros (1.198.756.540 euros), destinados a financiar gastos de inversión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009.

Asimismo, la Ley 2/2006, de 3 mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, establece en el artículo 195 que corresponde a la Consejería de Hacienda la determinación de las operaciones en que se formalizará el endeudamiento y sus características, así como la realización de cuantas operaciones sean necesarias para la adecuada formalización y gestión de las operaciones en las que éste se materialice.

Por otra parte, el Consejo de Ministros con fecha 13 de marzo de 2009 adoptó el Acuerdo preceptivo a que hace referencia el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de Financiación de las Comunidades Autónomas, autorizando a la Comunidad de Castilla y León a realizar una o más emisiones de Deuda Pública por un importe máximo de 962.826.000 euros.

En virtud de todo ello, esta Consejería ACUERDA

Artículo 1 Importe de la Emisión de Deuda Pública.

Se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública por los importes nominales que resulten aconsejables en función de la situación de financiación de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados y que, en ningún caso, podrá superar la cifra de 962.826.000 euros o su equivalente en las diferentes monedas que se reseñan más adelante.

Artículo 2 Características de las emisiones.

Las emisiones de Deuda Pública tendrán las siguientes características:

2.1 Modalidad: Bonos u obligaciones.

2.2 Procedimiento: Mediante subasta competitiva, colocación privada, emisión asegurada o no...

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