ORDEN HAC/1506/2006, de 15 de septiembre, por la que se establecen las características de la emisión de Deuda Pública para el ejercicio 2006

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/1506/2006, de 15 de septiembre, por la que se establecen las características de la emisión de Deuda Pública para el ejercicio 2006.

En uso de la autorización concedida en el artículo 38 de la Ley 14/2005 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2006, en la sesión de 11 de abril de 2006, la Junta de Castilla y León aprobó el Acuerdo para que la Comunidad de Castilla y León emita Deuda Pública o concierte otras operaciones de endeudamiento a largo plazo hasta un importe de 111.603.383 euros, destinados a financiar gastos de inversión. En el apartado segundo se autorizaba a la Consejera de Hacienda a adoptar los acuerdos necesarios para el desarrollo, eficacia y ejecución del citado acuerdo.

Por otra parte, el Consejo de Ministros con fecha 25 de agosto de 2006 adoptó el Acuerdo preceptivo a que hace referencia el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de Financiación de las Comunidades Autónomas, autorizando a la Comunidad de Castilla y León a realizar una o más emisiones de Deuda Pública por un importe máximo de 111.603.383 euros.

En virtud de todo ello, esta Consejería ACUERDA

Artículo 1 Emisión de Deuda Pública.

Se dispone la emisión y puesta en circulación de Deuda Pública por el importe nominal que resulte aconsejable en función de la situación de financiación de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados y que en ningún caso podrá superar la cifra de 111.603.000 euros.

Artículo 2 Características de la emisión.

La emisión de Deuda Pública tendrá las siguientes características:

2.1 Modalidad: Obligaciones.

2.2 Procedimiento: Emisión Asegurada.

2.3 Importe: Hasta un máximo de 111.603.000 euros.

2.4 Moneda: Euro.

2.5 Tipo de interés nominal: Fijo anual o variable. Su determinación, así como la fijación de sus fechas de pago y de vencimiento de las obligaciones, se efectuará de común acuerdo entre la Consejería de Hacienda y la(s) Entidad(es) Directora(s) de la...

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