DECRETO 225/1995, de 2 de noviembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 225/1995, de 2 de noviembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

El Decreto 114/1995, de 10 de julio, de Reestructuración de Consejerías, estableció en su artículo 3.º, que la Consejería de Fomento asumirá las funciones que hasta entonces estaban atribuidas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en materia de Promoción, Desarrollo y Gestión del suelo urbano.

Dicha atribución competencial a la Consejería de Fomento supone la modificación del Decreto 276/1991, de 19 de septiembre, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Por ello, es preciso adaptar la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a las previsiones del citado Decreto 114/1995, de 10 de julio.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 2 de noviembre de 1995,

DISPONGO:

Artículo 1

º Compete a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio bajo la superior dirección del Consejero, promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la política de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente, potabilización y abastecimiento de agua de las poblaciones, depuración de aguas residuales, montes, caza, pesca y conservación de la naturaleza.

A tal efecto se le atribuyen las competencias, funciones y servicios asumidos por la Comunidad o que en su día se asuman, relativos a dichas materias, y cuantas otras pudieran corresponderle en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.

Art. 2 º 1

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se estructura en los Organos Superiores siguientes:

Secretaría General.

Dirección General de Urbanismo y Calidad Ambiental.

Dirección General del Medio Natural.

  1. Presidido por el titular de la Consejería se crea un Consejo de Dirección, deliberante y de coordinación del que serán miembros el Secretario General y los Directores Generales.

Art. 3 º Secretaría General. 1

Corresponden al Secretario General las atribuciones que se señalan en los artículos 30 y 33 de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de...

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