DECRETO 226/1999, de 19 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 226/1999, de 19 de agosto, por el que se establece la estruc tura orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

La estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial fue aprobada por Decreto 249/1995, de 14 de diciembre, operándose con ello un fortalecimiento en la organización administrativa de la citada Consejería como consecuencia de la asunción de determinadas competencias.

Mediante Decreto 162/1999, de 29 de julio, de modificación parcial de las estructuras orgánicas de las Consejerías, se crea, en lo que a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial interesa, la Dirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior, así como la de Calidad de los Servicios, con lo cual se hace preciso una nueva adaptación de la estructura para hacer efectiva su incardinación en la organización de la Consejería.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 19 de agosto de 1999.

DISPONGO:

Artículo 1 º Ámbito competencial.
  1. Compete a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, bajo la superior dirección del Consejero:

    1. La preparación de las reuniones de la Junta y el asesoriamiento de la misma.

    2. Las actuaciones administrativas que requieran el Secretariado de la Junta, las relaciones con las Cortes y las relaciones de la Presidencia y de la Junta con la Administración General del Estado y con otras Comunidaddes Autónomas e instituciones.

    3. La ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma.

      d)La promoción, dirección y ejecución de la política de la Junta en materia de Administración Territorial, con especial referencia a las previsiones de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local en este campo.

    4. Protección civil y Coordinación de Policías Locales.

      f)La dirección orgánica de la Asesoría Jurídica General de la Administración de Castilla y León.

    5. La coordincación y dirección orgánica de las Delegaciones Territoriales.

    6. La organización y control de la inspección de los servicios de la Administración de Castilla y León.

      i)La gestión y administración de los recursos humanos y materiales adscritos al funcionamiento de la Presidencia de la Junta y de la propia Consejería.

    7. Las facultades que tenga atribuidas en materia de Colegios Profesionales.

    8. Casinos, Juegos y Apuestas, Espectáculos y Asociaciones.

    9. Las facultades que tenga atribuidas en materia de Fundaciones.

    10. La implantación de plantes de calidad en el proceso de prestación de servicios.

    11. Todas aquellas otras materias que le estén atribuidas legalmente.

  2. A tal efecto, se le atribuyen las funciones y servicios transferidos, o que, en su día, se transfieran en dichas materias, y cuantas otras pudieran corresponderle en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Artículo 2 º Órganos directivos.
  1. La Consejería de Presidencia y Administración Territorial se estructura en los Órganos Superiores siguientes:

    Secretaría General.

    Asesoría Jurídica General.

    Dirección General del Secretariado de la Junta y Relaciones Institucionales.

    Dirección General de la Función Pública.

    Dirección General de Administración Territorial.

    Dirección General de Calidad de los Servicios.

  2. A efectos orgánicos y presupuestarios se integran en la Consejería de Presidencia Administración Territorial el Gabinete del Presidente, la Dirección General de Relaciones con los Medios de Comunicación Social y la Dirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior. Tienen a su cargo el ejercicio de las funciones y competencias que les atribuyen el Decreto que regula sus estructuras y funciones.

  3. Figuran adscritas a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en cada provincia de la Comunidad.

  4. Corresponden a los titulares de estos órganos las atribuciones previstas en la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León,

    Texto Refundido de 21 de julio, modificado por la Ley 3/1995, de 22 de noviembre, y disposiciones reglamentarias de desarrollo.

Artículo 3 º Consejo de Dirección.

Presidido por el titular de la Consejería, existirá, como órgano de deliberación y coordinación de las actividades de ésta, un Consejo de Dirección del que formarán parte el Secretario General y los Directores Generales.

A requerimiento del Consejero podrán asistir a las reuniones del Consejo de Dirección los Delegados Territoriales de la Junta.

Artículo 4 º Secretaría General.
  1. La Secretaría General tiene a su cargo las siguientes funciones:

    1. La gestión del personal de la Consejería de acuerdo con la distribución de competencias establecida en la normativa vigente.

    2. La gestión y control de los medios materiales adscritos al funcionamiento de los órganos de la Consejería y el régimen interno de los servicios generales de la misma.

    3. La preparación e informe de las disposiciones relativas a materias propias de la Consejería, sin perjuicio de la intervención que coresponda al Centro Directivo proponente.

      d)La administración de los créditos y promoción de los pagos que correspondan a la Consejería.

    4. La tramitación de las reclamaciones y recursos interpuestos contra actos emanados de la Consejería, sin perjuicio de su resolución por el órgano competente.

    5. La tramitación de los expedientes de contratación en materias propias de la Consejería.

    6. La elaboración del Anteproyecto de Presupestos de la Consejería y seguimiento de su ejecución una vez aprobado.

    7. La asistencia jurídica y administrativa de la Consejería.

    8. La seguridad y mantenimiento de las instalaciones de la Presidencia de la Junta y de aquellas afectas a la Consejería.

      j)La elaboración de...

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