DECRETO 37/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Decreto 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, mantiene el ámbito competencial que la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades tenía atribuidas con anterioridad a su entrada en vigor.

No obstante ello, en aras a adecuar la estructura orgánica aprobada por el Decreto 78/2003, de 17 de julio, al actual contexto social y económico y al régimen jurídico vigente del Instituto de la Juventud de Castilla y León, como organismo autónomo creado con posterioridad y adscrito a esta Consejería, es necesario proceder a dotar a la misma de una nueva estructura orgánica.

Por su parte, la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece un marco jurídico en el que se garantiza una protección integral a la ciudadanía en sus aspectos individuales y sociales, entre los que se encuentran, las relaciones familiares que, en parte, venían siendo atendidas por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

El cumplimiento de los objetivos marcados en la Ley precisa de una mejor adaptación de las estructuras administrativas dispuestas para ello, de tal forma que permita optimizar los recursos y conseguir sinergias que mejoren la calidad de los servicios, para lo cual es oportuno incorporar las competencias que en materia de familia tiene la Consejería, al organismo autónomo, Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Conforme a lo establecido en el artículo 16 k) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Junta de Castilla y León la aprobación de la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León a iniciativa de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades y a propuesta de la Consejera de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de julio de 2011

DISPONE

Artículo 1 Ámbito competencial.

Corresponde a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, bajo la superior dirección de su titular, promover, dirigir, coordinar, desarrollar, ejecutar e inspeccionar, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las

políticas de familia, servicios sociales, igualdad de oportunidades, para la mujer, atención a las drogodependencias y juventud, así como mantener relaciones con Instituciones Internacionales y Organizaciones No Gubernamentales.

Artículo 2 Órganos directivos.
  1. - La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se estructura en los siguientes órganos directivos centrales:

    - Secretaría General.

    - Comisionado Regional para la Droga.

    - Dirección General de la Mujer.

  2. - Están adscritos a esta Consejería los organismos autónomos...

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