DECRETO 325/1989, de 28 de diciembre, por el que se establece el Calendario de fiestas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 1990.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 29-12-1989 Nº Boletín: 248 / 1989

DECRETO 325/1989, de 28 de diciembre, por el que se establece el Calendario de fiestas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 1990.

Conforme lo previsto en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, el articulo 45.3 del Real Decreto 2001/1983 de 28 de julio, el Real Decreto 2403/1985 de 27 de diciembre, que lo modifica parcialmente y el Real Decreto 1346/1989 de 3 de noviembre que modifica parcialmente los anteriores y establece el Calendario Laboral de ámbito nacional para 1990.

En cumplimiento de lo previsto en este último Real Decreto se ha remitido al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la relación de fiestas tradicionales de esta Comunidad a fin de que por dicho Departamento se proceda a dar publicidad a las mismas a través del «B.O.E.».

A propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda previa deliberación de la Junta de Castilla y León celebrada el día 28 de diciembre de 1989.

DISPONGO:

Articulo 1 º- 1

Se declaran días festivos laborales y no recuperables, en el ámbito territorial de Castilla y León:

Día 1 de Enero, Año Nuevo.

Día 6 de Enero, Epifanía del Señor.

Día 19 de Marzo, San José.

Día 13 de Abril, Viernes Santo.

Día 23 de Abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Día 1 de Mayo, Fiesta del Trabajo.

Día 15 de Agosto, Asunción de la Virgen.

Día 12 de Octubre, Fiesta Nacional de España.

Día 1 de Noviembre, Todos los Santos.

Día 6 de Diciembre, Dia de la Constitución Española.

Día 8 de Diciembre, Inmaculada Concepción.

Día 25 de Diciembre, Natividad del Señor.

  1. El anterior calendario se establece sin perjuicio de las dos fiestas locales que habrán de determinarse para cada Municipio por la autoridad competente a propuesta del Pleno del Ayuntamiento, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto...

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