ORDEN AYG/861/2007, de 8 de mayo, por la que se establecen las normas que han de regular el programa para el control y erradicación de la enfermedad de Maedi Visna/Artritis Encefalitis Caprina en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/861/2007, de 8 de mayo, por la que se establecen las normas que han de regular el programa para el control y erradicación de la enfermedad de Maedi Visna/Artritis Encefalitis Caprina en la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo), establece en su artículo 34 que la Junta de Castilla y León podrá planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar en su ámbito territorial Campañas de Saneamiento Ganadero no reguladas por disposiciones de ámbito estatal.

Estas Campañas, o programas sanitarios de control y erradicación de enfermedades, tendrán el objeto de erradicar aquellos procesos patológicos de los animales regulados en dicha Ley que comprometan o puedan comprometer la viabilidad económica de las explotaciones ganaderas.

Los animales de la especie ovina y caprina existentes en los rebaños tanto de aptitud cárnica como láctea de la Comunidad de Castilla y León son sensibles a las enfermedades de Maedi Visna y a la Artritis Encefalitis Caprina (CAE).

La importancia de la puesta en marcha de este programa es significativa, no sólo desde el punto de vista sanitario, económico y productivo para el sector ovino/caprino de leche, sino que en las normas de policía sanitaria vigentes en la Unión Europea existe posibilidad de restricción al movimiento por esta enfermedad, con lo cual debemos potenciar aquellos ganaderos con interés en participar en el control de la misma.

Por todo lo expuesto, de conformidad con la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo), y el Reglamento General de Sanidad Animal que la desarrolla, aprobado por el Decreto n.º 266/1998, de 17 de diciembre ('B.O.C. y L.' n.º 243, de 21 de diciembre), se considera necesaria la puesta en marcha de un programa de erradicación para la enfermedad de Maedi Visna/CAE.

A tal fin, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente Orden es la puesta en marcha de un programa sanitario para el control y la erradicación de las enfermedades de Maedi Visna en los animales de la especie ovina y de la Artritis Encefalitis Caprina (CAE) en los animales de la especie caprina dentro de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.
  1. El Programa de Vigilancia y Control de Maedi Visna/CAE (en adelante el Programa) se aplicará a las explotaciones ganaderas de ganado...

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