Orden AYG/139/2004, de 3 de febrero, por la que se declara oficialmente la existencia de encefalopatía espongiforme bovina en las provincias de León, Salamanca y Ávila y se establecen medidas para su control y erradicación.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/139/2004, de 3 de febrero, por la que se declara oficial mente la existencia de encefa l o p atía espongi fo rme bovina en las provincias de León, Salamanca y Ávila y se establecen medidas para su control y er radicación.

Ante la aparición de encefalopatía espongiforme bovina en tres nuevas explotaciones de ganado bovino situadas en los municipios de Valdepolo, Santibáñez de Béjar y Nava de Arévalo procede establecer medidas para el control y er radicación de dicha enfermedad .

Con el fin de evitar los ri e s gos que esta enfe rmedad comporta para la salud humana y ga rantizar a la población una seg u ridad alimentari a , a d e m á s de las rep e rcusiones que puede tener la difusión de esta enfe rmedad para el sector bovino de Castilla y León y de acuerdo con lo establecido en la Ley 6 / 1 9 9 4 , de 19 de mayo , de Sanidad Animal de Castilla y León ('B. O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo ) , D e c reto 266/1998, de 17 de diciembre por el que se ap ru eba el Reglamento General de Sanidad Animal ('B. O.C. y L'. n.º 243, de 21 de diciembre ) , Real Decreto 2459/1996, de 2 de octubre ('B. O.E.' n.º 3 , de 3 de enero de 1997), por el que se establece la lista de enfe rmedades de animales de decl a ración obl i gat o ria y se da la norm at iva para su notifi c a c i ó n , y Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y reg ula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefa l o p atías espongi fo rmes tra n s m i s i bles de los animales ('B. O.E.' n.º 307, de 23 de d i c i e m b re ) .

Visto el info rme de la Dirección General de Producción A gro p e c u a ri a ,

RESUELVO:

  1. Se declara oficialmente la presencia de encefalopatía espongiforme bovina en las explotaciones de ganado bovino situadas en los municipios de Valdepolo de la provincia de León, Santibáñez de Béjar de la provincia de Salamanca y Na va de Arévalo de la provincia de Ávila.

  2. Se ordena el aislamiento e inmovilización de los rumiantes de las explotaciones a las que pertenecen los bovinos afe c t a d o s , así como el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciemb re, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.

DISPOSICIÓN FINAL Artículo Único

Se faculta al Director General de Producción Agropecuaria para dic tar cuantas resoluciones sean necesarias para...

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