ORDEN FOM/668/2007, de 27 de marzo, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a las entidades Locales de Castilla y León, para la elaboración de planeamiento urbanístico y territorial.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/668/2007, de 27 de marzo, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a las entidades Locales de Castilla y León, para la elaboración de planeamiento urbanístico y territorial.

El Decreto 74/2003, de 17 de julio, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, le atribuye la gestión de las competencias de la Junta de Castilla y León en materia de urbanismo, entre las que

ocupa un papel destacado el fomento del planeamiento urbanístico mediante la concesión de subvenciones a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma. Este apoyo resulta hoy en día especialmente necesario, para que la Administración municipal pueda cumplir las obligaciones que se establecen en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero.

Por todo ello esta Consejería considera conveniente convocar para el ejercicio 2007 un concurso para la concesión de subvenciones a las Entidades Locales de Castilla y León, para la elaboración de planeamiento urbanístico y territorial.

Visto el Art. 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el R.D.

887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003.

DISPONGO:

Base 1.ª Objeto.

Esta Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, un concurso para la concesión de subvenciones a las Entidades Locales de Castilla y León, para la elaboración de instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial, de fases de los mismos o de trabajos complementarios.

Base 2.ª Régimen jurídico.

Esta Orden y las subvenciones que se concedan a su amparo se rigen por lo dispuesto en: El Art. 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León; la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007; y la Orden FOM/88/2006, de 24 de enero ('B.O.C. y L.' 6 de febrero) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de vivienda, urbanismo y ordenación del territorio, y en las demás disposiciones normativas que puedan resultar de aplicación.

Base 3.ª Financiación.

Las subvenciones, por un importe total máximo de 1.250.000, 00 , se concederán con cargo a la aplicación 04.02.261B01.76028 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007. No obstante, se fija como cuantía adicional aplicable a la concesión de estas subvenciones, sin requerir nueva convocatoria, la cantidad de 1.250.000, 00 , con cargo a la misma aplicación presupuestaria, cuya efectividad queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que corresponda, en un momento anterior a la resolución de la concesión.

Según el ritmo previsible de ejecución de los trabajos, las subvenciones se asignarán a las anualidades 2008 (hasta 250.000, 00 ), 2009 (hasta 250.000, 00 ), 2010 (hasta 250.000, 00 ) y 2011 (hasta 500.000, 00 ).

Estas asignaciones podrán modificarse, de oficio o a solicitud de la Entidad subvencionada, si la ejecución de los trabajos no se ajustara, por exceso o defecto, a dichas previsiones.

Base 4.ª Beneficiarios.

Podrán resultar beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden las Entidades Locales de Castilla y León, salvo si incurren en...

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