Orden MAM/1417/2003, de 28 de octubre, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/1417/2003, de 28 de octubre, por la que se efectúa convo catoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de per sonal interino.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley de Ordenación de la Funció n Pública de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y L e ó n , Texto Refundido ap robado por Decreto Legi s l at ivo 1/1990 de 25 de o c t u b re, así como en el Decreto 67/1999, de 15 de ab ri l , por el que se ap ru eba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la A d m i n i s t ración de Castilla y L e ó n , al tener esta Consejería puestos vacantes adscritos a funcionarios cuya c o b e rt u ra resulta necesaria y urge n t e, y vista la autorización conjunta de las Consejerías de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Economía y H a c i e n d a , p rocede efectuar la presente convo c at o ria para cubrir las plazas que se indican y conforme a las siguientes bases.

BASES:

Pri m e ra . C o nvocar públicamente la cobert u ra de plazas para pers o n a l i n t e rino con las características y requisitos que se señalan en el A n exo I de e sta Orden.

S eg u n d a . Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso d eberán reunir los requisitos que se señalan en el A n exo I, d eberán diri gir sus i n s t a n c i a s , s egún el modelo del A n exo II de esta Ord e n , a la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Info rmación y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los luga res a que hace re fe rencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las A d m in i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivo Común.

No deberán aportar junto a las instancias, los documentos acreditativos de los méritos alegados. Éstos serán objeto de comprobación por la Comisión de Selección conforme se establece en la base cuarta.

Te rc e ra . Los candidatos deberán re u n i r, además de los re q u i s i t o s citados, los...

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