Orden MAM/1127/2003, de 3 de septiembre, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/1127/2003, de 3 de septiembre, por la que se efectúa con vocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y L e ó n , Texto Refundido ap robado por Decreto Legi s l at ivo 1/1990 de 25 de o c t u b re, así como en el Decreto 67/1999, de 15 de ab ri l , por el que se ap ru eba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la A d m i n i s t ración de Castilla y L e ó n , al tener esta Consejería puestos vacantes adscritos a funcionarios cuya c o b e rt u ra resulta necesaria y urge n t e, y vista la autorización conjunta de las Consejerías de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Economía y H a c i e n d a , p rocede efectuar la presente convo c at o ria para cubrir las plazas que se indican y conforme a las siguientes bases.

BASES:

Primera.­ Convocar públicamente la cobertura de plazas para personal i n t e rino con las características y requisitos que se señalan en el A n exo I de esta Orden.

S eg u n d a . ­ Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso d eberán reunir los requisitos que se señalan en el A n exo I, d eberán diri gir sus i n s t a n c i a s , s egún el modelo del A n exo II de esta Ord e n , a la Excma. Sra .

C o n s e j e ra de Medio Ambiente en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convo c at o ria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Info rmación y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los luga res a que hace re fe rencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las A d m in i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivo Común.

No deberán aportar junto a las instancias, los documentos acreditati vos de los méritos alegados. Éstos serán objeto de comprobación por la Comisión de Selección conforme se establece en la base cuarta.

Te rc e ra . ­ Los candidatos deberán re u n i r, además de los re q u i s i t o s citados, los siguientes:

  1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de ap l icación sobre el acceso a determinados sectores de la función públ i c a de los nacionales de los demás Estados miembros de la C.E.

  2. Tener...

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