Orden MAM/351/2003, de 26 de marzo, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/351/2003, de 26 de marzo, por la que se efectúa convoca toria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de perso nal interino.

De confo rmidad con lo dispuesto en el A rt. 6 de la Ley de Ord e n a c i ó n de la Función Pública de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y L e ó n , Texto Refundido ap robado por Decreto Legi s l at ivo 1/1990 de 25 de o c t u b re, así como en el Decreto 67/1999, de 15 de ab ri l , por el que se ap ru eba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la A d m i n i s t ración de Castilla y León y teniendo esta Consejería puestos vacantes adscritos a funcionari o s c u ya cobert u ra resulta necesaria y urge n t e, y vista la autorización conjunta de las Consejerías de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Economía y Hacienda se procede a efectuar la presente convo c at o ria para cubrir las plazas que se indican y confo rme a las siguientes bases.

BASES:

P ri m e ra.­ C o nvocar públicamente la cobert u ra de plazas para pers o n a l i n t e rino con las características y requisitos que se señalan en el A n exo I de esta Orden.

Segunda.­ Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en el Anexo I, deberán dirigir sus instancias, según modelo II de esta Orden, a la Excma. Sra. Conseje ra de Medio Ambiente en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Info rmación y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los luga res a que hace re fe rencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las A d m in i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivo Común.

No deberán aportar junto a las instancias, los documentos acreditativos de los méritos alegados. Éstos serán objeto de comprobación por la Comisión de Selección conforme se establece en la base cuarta.

Te rc e ra.­ Los candidatos deberán re u n i r, además de los re q u i s i t o s citados, los siguientes:

  1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la C.E.

  2. Tener cumplidos los 18 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de...

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