DECRETO 53/1998, de 12 de marzo, por el que se establece el procedimiento para hacer efectivas las indemnizaciones derivadas del sacrificio de animales con objeto de erradicar la Peste Porcina Clásica, en cumplimiento de lo dispuesto en los convenios suscritos con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Crédito ...

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 16-03-1998 Nº Boletín: 51 / 1998

DECRETO 53/1998, de 12 de marzo, por el que se establece el procedimiento para hacer efectivas las indemnizaciones derivadas del sacrificio de animales con objeto de erradicar la Peste Porcina Clásica, en cumplimiento de lo dispuesto en los convenios suscritos con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Crédito Oficial.

La Ley 6/1994, de 16 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León, prevé en su artículo 41, apartado 1 el sacrificio obligatorio de los animales como método de control y erradicación de enfermedades, añadiendo el apartado 2 del mismo artículo que dicho sacrificio llevará consigo la correspondiente indemnización, de acuerdo con la normativa vigente.

Por su parte el Real Decreto 2159/1993, de 13 de diciembre, por el que se establecen medidas relacionadas con la Peste Porcina Clásica, establece en su artículo 5, apartado 1 que cuando se confirme oficialmente la presencia de Peste Porcina y se declare oficialmente la enfermedad, entre otras medidas, se sacrificarán sin demora y bajo control oficial todos los cerdos de la explotación, previendo la indemnización de tal medida.

Asimismo, la Ley 20 de diciembre de 1952, sobre Epizootías, prevé en su artículo 19 que cuando se disponga el sacrificio de animales afectados de enfermedades infectocontagiosas se indemnizará al dueño de los mismos con arreglo a las normas reglamentarias derivadas al efecto.

Por sendas Ordenes de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, fechadas el 26 de diciembre de 1997, 30 de diciembre de 1997, 5 de enero de 1998, 7 de enero de 1998 y 19 de enero de 1998, se declaró oficialmente la existencia de Peste Porcina Clásica en determinados municipios de la provincia de Segovia.

A este fin se suscribirá Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Organismo Autónomo Fondo Español de Garantía Agraria y la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sobre financiación de las actuaciones para...

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