ORDEN FOM/2003/2008, de 17 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas económicas destinadas a subvencionar la adquisición de vivienda para el año 2008

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/2003/2008, de 17 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas económicas destinadas a subvencionar la adquisición de vivienda para el año 2008.

Por Orden FOM/386/2008, de 5 de marzo, se convocan ayudas económicas destinadas a subvencionar la adquisición de vivienda para el año 2008.

Examinadas todas las solicitudes presentadas, procede la resolución de las mismas.

Conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden de convocatoria, el órgano competente para la resolución del procedimiento es el Consejero de Fomento, a propuesta del preceptivo órgano colegiado.

Mediante Orden FOM/1943/2008, de 6 de noviembre, se declara la disponibilidad de crédito definitivo de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL EUROS (2.500.000, 000 ) como cuantía adicional para la concesión de las ayudas convocadas por la citada Orden, existiendo crédito suficiente para atender todas las solicitudes de ayudas que cumplen los requisitos para resultar beneficiario.

En virtud de lo expuesto DISPONGO:

Resolver la convocatoria de ayudas económicas con destino a la adquisición de vivienda para el año 2008, concediendo subvenciones por un importe de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL EUROS (4.500.000, 00 ), a los beneficiarios que, por orden de expediente, se relacionan en los Anexos I y II de la presente Orden, y con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.780B1, siendo desestimadas el resto de solicitudes, las cuales se relacionan en los Anexos III y IV.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes tal y como se establece en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, en el plazo de dos meses, tal y como establecen los artículos 1, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio, en su...

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