ORDEN EDU/1343/2011, de 31 de octubre, por la que se convocan ayudas económicas para alumnos que cursen estudios universitarios durante el curso académico 2011/2012.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El derecho a la educación asiste a todos los ciudadanos, y es obligación de los poderes públicos arbitrar medidas dirigidas a compensar las limitaciones o desequilibrios existentes para acceder a la educación en situación de igualdad, a fin de garantizar el ejercicio efectivo de este derecho.

La Consejería de Educación, en consonancia con los principios recogidos en la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León y en el artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, desea fomentar el acceso y continuidad de los estudios superiores a aquellos estudiantes que estén en condiciones de cursarlos con aprovechamiento, mediante la concesión de ayudas al estudio que garanticen, dentro de las posibilidades presupuestarias, la igualdad de oportunidades y la calidad en el rendimiento académico. En este sentido mediante Orden EDU/1541/2010, de 21 de octubre, («Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 210, de 29 de octubre), modificada por Orden EDU/1326/2011, de 19 de octubre («Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 209, de 28 de octubre) se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a los alumnos que cursen estudios universitarios, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León, procediendo ahora realizar su convocatoria para el curso académico 2011/2012.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto de la convocatoria.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas a los alumnos que realicen, durante el curso académico 2011/2012, cualquiera de las enseñanzas siguientes:

a) Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado.

b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

c) Complementos de formación para acceso al Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.

1.2. Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a máster y doctorado, así como de cursos de especialización y títulos propios de las universidades.

Segundo.- Dotación presupuestaria.

2.1. La concesión de estas ayudas se hará con cargo a la aplicación 07.01.322B01.7800Q.0 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2012, por un importe máximo de TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (3.270.250 €).

2.2. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas en el ejercicio correspondiente.

2.3. Este crédito podrá ser ampliado en una cuantía adicional máxima de QUINIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (550.000 €), si las circunstancias lo requieren, mediante la modificación de la presente Orden, siempre y cuando existan disponibilidades presupuestarias.

Tercero.- Modalidades y cuantía de las ayudas.

3.1. Las ayudas comprenden las siguientes modalidades:

a) Ayuda para los gastos generados por la matrícula. El importe de esta ayuda se calculará, para los solicitantes que cursen estudios en las universidades de Castilla y León, atendiendo a los créditos o asignaturas en los que se encuentre matriculado en el momento de expedición de la certificación académica a requerimiento de la Consejería de Educación y al importe establecido para ellos por el Decreto 30/2011, de 30 de junio, por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y por servicios complementarios en las Universidades Públicas de Castilla y León para el curso académico 2011/2012.

En el caso de los solicitantes que cursen estudios en los centros que la UNED tiene en Castilla y León, el importe de la ayuda se calculará atendiendo a los créditos en los que se encuentre matriculado en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de solicitudes y al importe establecido para éstos en la Orden EDU/2469/2011, de 20 de julio, por la que se fijan los precios públicos por los servicios académicos universitarios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2011/2012.

En todo caso, la cuantía que se abonará por este concepto alcanzará al mínimo de créditos necesarios para obtener la titulación de que se haya matriculado y para la que se le concede la ayuda.

b) Ayudas para residencia y matrícula. Se destinarán ayudas, por importe de 2.570 €, para colaborar en los gastos que se ocasionen por residir, durante el curso académico 2011/2012, fuera del domicilio habitual por motivo de los estudios cursados.

En este supuesto se requerirá que el solicitante acredite la residencia fuera del domicilio familiar. A estos efectos, podrá considerarse como domicilio familiar el más próximo al centro docente, que pertenezca a cualquier familiar hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad.

Serán objeto de valoración aquellos datos que determinen el domicilio del solicitante en la fecha de expedición del correspondiente certificado de empadronamiento, salvo para aquellos solicitantes que hayan prestado consentimiento expreso para la obtención de dichos datos por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos, en cuyo caso serán objeto de valoración aquellos datos que determinen su domicilio en el momento en el que se efectúe la correspondiente verificación de datos.

En esta segunda modalidad, a la cuantía para residencia se le sumará también la cantidad correspondiente a los gastos generados en concepto de matrícula, en los mismos términos a los que se refiere la letra a) de este apartado, siempre que el solicitante no esté exento del pago por este concepto.

De esta modalidad de ayuda no podrán beneficiarse los solicitantes con independencia familiar y económica, los que opten por matrícula parcial, los que cursen complementos de formación para acceder a estudios universitarios de segundo ciclo o de grado, quienes estén matriculados en la UNED, ni aquéllos que cursen titulaciones de planes a extinguir sin docencia presencial.

c) Ayuda para la elaboración del proyecto fin de carrera. Esta modalidad de ayuda se destinará al alumnado universitario de enseñanzas técnicas en las que se requiera la superación de dicho proyecto para la obtención del título correspondiente. A estos efectos se considerarán enseñanzas técnicas los estudios que, bajo esta misma rúbrica, recoge el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.

No procederá la concesión de esta beca cuando el proyecto fin de carrera constituya una asignatura ordinaria del plan de estudios, cuando se realice simultáneamente con alguno de los cursos de la carrera, o cuando no se hayan superado todos los créditos o asignaturas de la carrera. Es necesario estar matriculado para su defensa en el momento de expedición de la certificación académica a requerimiento de la Consejería de Educación, en el caso de los solicitantes que se encuentren matriculados en universidades de Castilla y León, o en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de solicitudes en el caso de solicitantes que cursen estudios en la UNED.

La ayuda correspondiente a esta modalidad, que será incompatible con cualesquiera de las otras dos modalidades convocadas mediante la presente Orden, tendrá una cuantía de 552 €.

3.2. Ningún alumno podrá percibir más de una beca, aunque realice simultáneamente varios estudios. En tales casos, será...

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