ORDEN MAM/1320/2009, de 8 de junio, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de Fresno de la Vega, promovidas por el Ayuntamiento de Fresno de la Vega (León

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

II. Examinado el expediente instruido al efecto, se observa el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma exigidos por la normativa vigente aplicable, sin que se aprecien motivos que aconsejen su desaprobación.

III. La Ley de Montes enuncia, en su Art. 13, los casos en los que deberá proponerse la declaración de utilidad pública de un determinado monte o terreno forestal cumpliendo el monte con lo preceptuado en el apartado siguiente:

'a. Que cumplan alguna de las características enumeradas en los artículos 24 y 24 bis.

  1. Los que sin reunir plenamente en su estado actual las características de los montes protectores o con otras figuras de especial protección, sean destinados a la restauración, repoblación o mejora forestal con los fines de protección de aquéllos.

    La Ley de Montes dispone asimismo, en su Art. 16, la incorporación al Catálogo de Montes de dichos terrenos objeto de la declaración.

    VISTOS la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y su posterior modificación por Ley 10/2006 de 28 de abril el Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de conservación de la naturaleza, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes de general aplicación.

    En su virtud,

    Esta Consejería de Medio Ambiente, de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General del Medio Natural,

    ACUERDA:

    1. Declarar de Utilidad Pública las parcelas descritas en el Antecedente de Hecho I, con una superficie total de 16,45 Ha, propiedad del Ayuntamiento de Pedro Rodríguez y sitas en su término municipal, provincia de Ávila.

    2. Una vez declaradas de utilidad pública, las parcelas se agregarán al monte de Utilidad Pública 'Los Caños' n.º 35 del Catálogo de Ávila.

    3. Que se rectifiquen los datos con los que aparece inscrito en el Catálogo el monte 'Los Caños' n.º 35 en los siguientes términos:

      NOMBRE: 'Los Caños'.

      PARTIDO JUDICIAL: Arévalo.

      TÉRMINO MUNICIPAL: Pedro Rodríguez.

      PERTENENCIA: Ayuntamiento de Pedro Rodríguez.

      CABIDA PÚBLICA: 43,10 Ha.

      ENCLAVADOS: 0,278 Ha.

      CABIDA TOTAL: 43,37 Ha.

      ESPECIES: Pinus pinaster.

      LÍMITES: 3 parcelas.

      PARCELA A:

      NORTE: Fincas particulares.

      ESTE: Río Arevalillo, fincas particulares en el mismo término y en el Bohodón.

      SUR: Fincas particulares del término de El Bohodón.

      OESTE: Fincas particulares.

      PARCELA B:

      NORTE: Fincas particulares.

      ESTE: Fincas particulares.

      SUR: Fincas particulares.

      OESTE: Fincas particulares.

      PARCELA C (parcelas objeto de inclusión):

      NORTE: Fincas de labor y pinares particulares.

      ESTE: Fincas de labor particulares.

      SUR: Fincas de labor y pinares particulares.

      OESTE: Fincas de labor particulares.

    4. De acuerdo con el artículo 18.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, así como el artículo 69 del Reglamento de Montes, el monte deberá ser inscrito en el Registro de la Propiedad, debiendo enviar el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila certificación por duplicado de esta Orden aprobatoria de declaración de utilidad pública e inclusión en el Catálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Ávila para hacerla constar por la anotación correspondiente.

    5. Según se establece en el artículo 12.1, apartado a), de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, los terrenos declarados, por razones de servicio público, adquieren la condición de bien de dominio público y pasan a formar parte del dominio público forestal.

    6. Asimismo, de acuerdo con el artículo 16.2 de la Ley 43/2003 de Montes, deberá darse traslado de la presente Orden a la Dirección General del Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y, Medio Rural y Marino.

      Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICIÓN ante esta Consejería de Medio Ambiente en el plazo de UN MES de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por otra parte, podrá ser impugnada directamente mediante la interposición del correspondiente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante la Sala de igual denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de DOS MESES de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.1., 14, 25.1 y 46.1. de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

      El cómputo del plazo para la interposición de ambos recursos se iniciará a partir del día siguiente a la notificación personal a los interesados, y en relación con los demás que pudieran tener tal condición, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

      Transcurrido dicho plazo, sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

      Valladolid, 4 de junio de 2009.

      La Consejera de Medio Ambiente,

      Fdo.: MARÍA JESÚS RUIZ RUIZ ORDEN MAM/1320/2009, de 8 de junio, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de Fresno de la Vega, promovidas por el Ayuntamiento de Fresno de la Vega (León).

      La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, transpuesta al derecho español mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

      Las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Fresno de la Vega tienen como objetivo establecer la ordenación general de todo el municipio a través de un instrumento planeamiento urbano que se encuentre adaptado al marco normativo establecido por la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y su actualización mediante la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, en un municipio que hasta este momento cuanta como instrumento de planeamiento municipal un Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano aprobado en el año 1996.

      De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 9/2006, la Consejería de Medio Ambiente recibió del Ayuntamiento de Fresno de la Vega, en calidad de órgano promotor, la documentación correspondiente a fin de iniciar el procedimiento de evaluación ambiental. En cumplimiento con lo establecido por el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006 la documentación recibida se remitió el 16 de marzo de 2009 a las Administraciones previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales, notificándose la iniciación del B.O.C. y L. - N.º 116 Lunes, 22 de junio 2009 18751 procedimiento y solicitando las consideraciones oportunas relativas al Informe de Sostenibilidad Ambiental que estarán contenidas en el Documento de Referencia.

      Por todo lo anterior,

      RESUELVO Aprobar el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de Fresno de la Vega (León), que se adjunta como Anexo a esta Resolución.

      De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, esta resolución se comunicará al órgano promotor y se hará pública a través del 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

      Valladolid, 8 de junio de 2009,

      La Consejera,

      Fdo.: MARÍA JESÚS RUIZ RUIZ ANEXO QUE SE CITA DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE FRESNO DE LA VEGA (LEÓN) La Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.) es el instrumento de prevención encaminado a integrar los aspectos ambientales dentro de la fase de toma de decisiones de planes y programas públicos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

      El procedimiento de evaluación ambiental establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incluye un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), definido en los artículos 2.e) y 8 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que formará parte del Plan (NUM), y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables. A la vista del Documento de Iniciación presentado por el órgano promotor, el artículo 19 de la Ley 9/2006 encomienda al órgano ambiental la elaboración y tramitación de un Documento de Referencia que establezca la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental de las NUM.

    7. RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVIAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS YAL PÚBLICO INTERESADO.

      Según lo dispuesto en el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006, previamente a la elaboración del Documento de Referencia, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y público interesado a fin de que realizasen aquellas sugerencias que deberían ser tenidas en cuenta para la propuesta de las NUM y del ISA. El Documento de Iniciación fue remitido a las siguientes:

      Dirección General de Medio Natural.

      Consejería de Cultura y Turismo.

      Consejería de Economía y Empleo.

      Consejería de Agricultura y Ganadería.

      Consejería de Interior y Justicia.

      Universidad de León.

      ...

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