ORDEN FYM/704/2013, de 11 de julio, por la que se modifica la Orden de 24 de noviembre de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a la empresa Distiller S.A., para la planta de gestión de residuos ubicada en el término municipal de Ólvega (Soria), como consecuencia de la modificación no sustancial 5 (mns n.º 5).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Visto el escrito presentado por la empresa DISTILLER, S.A. comunicando la como modificación no sustancial la inclusión de nuevos códigos en el listado de residuos autorizados para su gestión, así como la generación de dos residuos no peligrosos resultado de operaciones de tratamiento y de los procesos en los que se generan envases peligrosos, y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 24 de noviembre de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental a la empresa DISTILLER, S.A. para la planta de gestión, tratamiento y recuperación de residuos y centro de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos, ubicada en el término municipal de Ólvega (Soria).

Por Orden de 1 de marzo de 2011 de la Consejería de Medio Ambiente se resuelve que la empresa DISTILLER, S.A. puede ejercer la actividad en las instalaciones de Ólvega (Soria).

Mediante Órdenes de 24 de noviembre de 2010 y de 25 de febrero de 2011 de la Consejería de Medio Ambiente, de 9 de julio y de 15 de abril de 2013 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se resuelven cuatro modificaciones no sustanciales relativas a esta instalación.

Segundo.- Con fecha 26 de marzo de 2013, tiene entrada en el registro de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, la comunicación de DISTILLER, S.A., relativa a la inclusión de nuevos códigos en el listado de residuos autorizados para su tratamiento en la planta, junto con la aclaración de que los residuos autorizados para su tratamiento lo estén también para recogida y transferencia. Comunica asimismo la generación de dos residuos no peligrosos resultado de operaciones de tratamiento físico-químico y de destilación junto con los procesos en los que se generan envases peligrosos.

Se solicita informe al Servicio de Control de la Gestión de los Residuos que lo emite con fecha 24 de mayo de 2013, cuyo contenido se incluye en la modificación del condicionado ambiental que recoge esta orden.

Tercero.- Con fecha 10 de julio de 2013, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, a la vista de la documentación presentada, emite informe considerando, en atención a los criterios señalados en el artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de

Prevención y Control Integrados de la Contaminación, que la modificación comunicada es no sustancial y proponiendo modificar la Orden de 24 de noviembre de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental la empresa DISTILLER, S.A. para la planta de gestión, tratamiento y recuperación de residuos y centro de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos, ubicada en el término...

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