ORDEN EYE/2286/2009, de 9 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la formación en materia de prevención de riesgos laborales y al desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Si el período de suspensión autorizado finaliza antes de la publicación de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de aquella.

  1. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social, a través de los certificados telemáticos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar, en este caso, la correspondiente certificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en materia de subvenciones.

    No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 27/2008, anteriormente citado, los solicitantes o beneficiarios de una ayuda cuyo importe no exceda de 3000 euros, acreditarán que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social mediante la presentación de una declaración responsable, que se adjuntará como Anexo en la convocatoria.

  2. Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria o no se acompañara de la documentación, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane el defecto de que adolezca, con indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, con los efectos previstos en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Base 8.' Instrucción.

  3. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión será la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, quien llevará a cabo las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la resolución.

  4. Las actividades de instrucción comprenderán en todo caso, las siguientes actuaciones:

    1. Petición, tanto al órgano que resolvió el expediente de regulación de empleo, como a la empresa a la que pertenecen los trabajadores afectados, de cuantos informes resulten preceptivos o estime necesarios el órgano instructor.

    2. Valoración de las solicitudes, a los efectos de comprobar los siguientes extremos:

      · Cumplimiento por parte de los solicitantes de los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario de la ayuda.

      · Comprobación de la documentación aportada por los solicitantes.

    3. Formulación de los requerimientos de subsanación oportunos, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    4. El órgano instructor, a la vista de los expedientes, efectuará las correspondientes propuestas de resolución, en atención al orden de presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo. Se entenderá que un expediente está completo cuando contenga toda la documentación e informaciones previstas en las normas que regulen la convocatoria.

      Base 9.' Resolución.

  5. El órgano competente para resolver las solicitudes de estas ayudas, será el Consejero de Economía y Empleo, sin perjuicio de las delegaciones o desconcentraciones que puedan efectuarse.

  6. Plazo de resolución. El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones no podrá exceder de seis meses, salvo que una ley establezca un plazo mayor o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea.

    El plazo se computará desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud en los términos previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo común.

  7. Recursos. Las resoluciones de los procedimientos de concesión de estas ayudas ponen fin a la vía administrativa, pudiendo ser impugnadas mediante la interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

    Base 10.' Justificación y pago.

  8. La justificación de la ayuda se entenderá efectuada con la presentación de la documentación necesaria para su concesión, en la forma establecida en la convocatoria.

  9. El pago de la subvención al beneficiario, se realizará mediante transferencia bancaria.

    Base 11.' Criterios de graduación de incumplimientos.

  10. La falta de aportación de cualquiera de los documentos acreditativos de que se han cumplido por el solicitante los requisitos que constituyen el objeto de la ayuda, dará lugar, a que no proceda la concesión de la misma.

  11. Los incumplimientos de los beneficiarios de las ayudas, darán lugar, según el caso, a que no proceda el pago de la misma, a que se reduzca la cuantía o al reintegro parcial o total de las cantidades ya percibidas, con los intereses de demora correspondientes, en su caso.

  12. En todo lo no previsto en esta Orden se estará a lo establecido en la normativa general en materia de reintegro de subvenciones, establecida en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    ORDEN EYE/2286/2009, de 9 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la formación en materia de prevención de riesgos laborales y al desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral.

    La entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificó el régimen jurídico vigente en materia de subvenciones, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las Administraciones Públicas, entre las cuales, el artículo 9.2 de la misma, establece que: 'Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en la ley'.

    Estas normas básicas contenidas en la Ley General de Subvenciones y su Reglamento constituyen un común denominador normativo, a partir del cual la Administración Autonómica de Castilla y León ha elaborado la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en cuya exposición de motivos señala los extremos que la norma reguladora de las bases de concesión de subvenciones debe concretar, además de los establecidos en las normas básicas.

    El Art. 6. 1 de la citada Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, dispone que: 'Las bases reguladoras son disposiciones generales que desarrollan el régimen jurídico de cada subvención'. El citado artículo, en su apartado 2, enumera los extremos que la norma reguladora de las bases de concesión de subvenciones debe concretar. El apartado 3 del artículo referenciado establece que: 'Las bases reguladoras se aprobarán, previo informe de los servicios jurídicos, y se publicarán en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'. Igualmente, serán objeto de publicidad en la página Web de la Consejería u organismo correspondiente.' Por otra parte, el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración

    y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    La formación y la información en materia de prevención de riesgos laborales siguen siendo pilares básicos a la hora de hacer frente a la siniestralidad laboral. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención Riesgos Laborales, así lo recogió, aún de modo más amplio, cuando en su artículo 7.a) dirigía la obligación para las Administraciones Públicas de promover la prevención y el asesoramiento. Sin embargo, para que dicha afirmación resultare más patente, la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, en su Exposición de Motivos, indica que la reforma de aquel texto pretende, entre otros, fomentar la cultura de la prevención de riesgos laborales en el desarrollo del trabajo que asegure el cumplimiento efectivo y no meramente formal de las obligaciones preventivas.

    En la Comunidad Autónoma de Castilla y León se viene insistiendo en la importancia que ha de darse a la formación en ésta materia, lo que queda plasmado en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía y Empleo, aprobado por Orden del 26 de enero de 2009, que viene a marcar las pautas a seguir con el propósito de extender y profundizar en el conocimiento y la formación en materia de prevención de riesgos laborales.

    El artículo 7.1 de la citada Ley de Subvenciones de Castilla y León establece que: 'Cuando las subvenciones hayan de ser otorgadas por la Administración General de la Comunidad, los...

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