Orden EYC/78/2003, de 7 de enero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a Diputaciones Provinciales y Municipios para la realización de actividades deportivas de ámbito regional o superior, en el año 2003.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN EYC/78/2003, de 7 de enero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a Diputaciones Provincia les y Municipios para la realización de actividades dep o rt ivas de ámbito regional o superior, en el año 2003.

La Carta Europea del Deporte considera la práctica del deporte como un derecho general y afirma el deber de estimularla y sostenerla de manera apropiada con fondos públicos.

Por su parte el artículo 12 de la Ley 9/1990, de 22 de junio, de Educación Física y Deporte de Castilla y León establece que la Administración autonómica dispondrá lo necesario para que las Administraciones locales puedan facilitar la más amplia información y difusión de las posibilidades de educación física, deportivas y de cultura física en la utilización del ocio, que puedan ser de interés para todos los ciudadanos, especialmente dentro de espacio ter ritorial de esta Comunidad.

La concepción descentralizadora que consagra la referida Ley determina la necesidad de subvencionar a las Corporaciones Locales para el d e s a rrollo de actividades que posibiliten el desarrollo de la práctica deportiva entre los castellanos y leoneses.

En consecuencia,de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 7/1986,de 23 de diciembr e, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las at ri buciones confe ridas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se convoca concurso público para la concesión de subvenciones con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera. Objeto de la sub vención.

1.1. La presente Orden tiene por objeto la concesión de subvenciones a Diputaciones Provinciales y Municipios para la realización de actividades deportivas de ámbito regional o superior durante el año 2003.

1.2. No serán objeto de subvención aquellas actividades que, de manera directa o indirecta, sean sufragadas mediante cualquier otro concepto presupuestario por esta Consejería. Tampoco se subvencionarán gastos de p rotocolo o rep re s e n t a c i ó n , los gastos suntuarios y los de inve rsión o infraestructura permanente.

Segunda. Dotación presupuestaria.

La cuantía global máxima de estas ayudas será de T R E C I E N TO S MIL EUROS (300.000 ) con cargo a la aplicación pre s u p u e s t a ri a 07.02.457A01.76047 de los Presupuestos Generales de la Comu n i d a d para el año 2003.

Tercera. Beneficiarios.

3.1. Podrán ser benefi c i a rios de estas subvenciones las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR