ORDEN PRE/155/2010, de 11 de febrero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de actividades de cooperación transfronteriza durante el ejercicio 2010.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

La Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, para contribuir al cumplimiento del objetivo de la Cooperación Territorial, considera conveniente incentivar la realización de acciones de cooperación transfronteriza que surjan a iniciativa de actores sociales, económicos, o culturales, y que contribuyan al desarrollo social, económico, cultural, o educativo de las zonas fronterizas, y a un mejor conocimiento de la realidad de las regiones portuguesas vecinas.

Con este fin, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, se ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia, en cuyo marco se han aprobado, por Orden PRE/24/2010, de 13 de enero, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de cooperación transfronteriza en el ejercicio 2010.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, estas subvenciones son compatibles con el mercado común, puesto que no afectan ni amenazan a la competencia, por lo que no es necesaria la notificación previa a la Comisión de la Unión Europea a la que hace referencia el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En virtud de lo expuesto, según con lo establecido en las bases reguladoras, la normativa básica establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la legislación presupuestaria de la Comunidad, y de conformidad con las atribuciones conferidas con la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Primero.- Convocatoria.

  1. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de cooperación transfronteriza entre la Comunidad

  2. El objeto de estas subvenciones es financiar proyectos que planteen la realización de actividades sociales, culturales y de investigación para promover el conocimiento recíproco entre Portugal y Castilla y León. Estas actividades han de ser viables económica y técnicamente y se desarrollarán prioritariamente en el ámbito territorial de las provincias de Castilla y León fronterizas con Portugal: Zamora y Salamanca.

    Segundo.- Bases reguladoras.

    La presente convocatoria está sometida a lo previsto en la Orden PRE/24/2010, de 13 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de actividades de cooperación transfronteriza, publicada en el «B.O.C. y L.» n.º 16 de 26 de enero de 2010.

    Tercero.- Financiación.

    La financiación de las subvenciones convocadas por la presente Orden se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias y por las cuantías que se indican a continuación, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2010:

    APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

    BENEFICIARIOS

    IMPORTE (EUROS)

    01.04.912D02.46063.0

    Corporaciones Locales

    100.000,00

    01.04.912D02.4802J.0

    Entidades sin ánimo de lucro

    100.000,00

    Cuarto.- Beneficiarios.

    Podrán concurrir a la presente convocatoria las entidades sin ánimo de lucro y las Corporaciones Locales, que cumplan, en la fecha en la que expire el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos previstos en la base tercera de la Orden Orden PRE/24/2010, de 13 de enero por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de actividades de cooperación transfronteriza.

    Quinto.- Actividades subvencionables y procedimiento de concesión.

  3. - Podrán concederse subvenciones para proyectos que se inicien a partir del 1 de enero de 2010, y siempre que no hayan finalizado en la fecha de terminación del plazo para presentar las solicitudes. Las actividades subvencionadas deberán realizarse íntegra e improrrogablemente hasta el día 31 de octubre de 2010, inclusive.

  4. - La concesión de las subvenciones se realizará mediante el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva y se inicia de oficio, mediante convocatoria pública aprobada por Orden del Consejero de la Presidencia, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 5/2008.

    Sexto.- Solicitudes, forma y plazo de presentación.

  5. - Las solicitudes irán dirigidas al Consejero de la Presidencia y se formularán según el modelo previsto en el Anexo I del formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León http://www.tramitacastillayleon.

  6. - La presentación de solicitudes podrá realizarse directamente en el Registro General de la Consejería de la Presidencia (calle Santiago Alba, 1, 47008 Valladolid), así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si se presenta la solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos, antes de proceder a la certificación del envío.

  7. - Igualmente, podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y se declaran...

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