ORDEN IYJ/1705/2010, de 26 de noviembre, por la que se convocan subvenciones para el año 2011 destinadas a cofinanciar programas de actividades en materia de Consumo realizadas por Entidades Locales de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La protección de los consumidores y usuarios es uno de los principios rectores de las políticas públicas de Castilla y León, como establece el artículo 16 de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. En este sentido, la Administración regional, además de ejercer sus competencias propias, las que le vienen atribuidas por el artículo 71.1.5.º del mencionado Estatuto, viene colaborando con las Corporaciones Locales en el ejercicio de las competencias que estas últimas ostentan en materia de consumo.

Por otra parte, la competencia en la materia está atribuida a la Agencia de Protección Civil y Consumo, en virtud del Decreto 70/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Interior y Justicia.

Una de las líneas de colaboración que se han venido articulando, y que además están ofreciendo unos resultados muy positivos, en la medida que las entidades locales se configuran como una Administración más cercana al ciudadano, es la convocatoria anual de subvenciones para cofinanciar programas de actividades en materia de consumo desarrolladas por estas últimas.

Esta convocatoria se efectúa en el marco de la Orden IYJ/288/2009, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las líneas de subvención en materia de consumo, destinadas a las Entidades Locales y a las Organizaciones de Consumidores y Usuarios, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 33, de 18 de febrero de 2009, en la que se regulan las condiciones del régimen de concesión de las subvenciones en concurrencia competitiva, los programas subvencionables y procedimiento a seguir mediante convocatorias anuales para fomento de actividades en materia de consumo.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en la precitada Orden IYJ/288/2009, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de esta línea de subvenciones.

DISPONGO

Primero.- Objeto y finalidad de la convocatoria.

  1. - La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones para cofinanciar, en régimen de concurrencia competitiva, los programas de actividades realizados en materia de Consumo por Entidades Locales de Castilla y León, que tengan ya suscrito Convenio de

    Colaboración en esta materia con las Consejerías en su día competentes, o lo suscriban con la Consejería de Interior y Justicia.

  2. - La finalidad de la presente convocatoria es hacer efectivos los mecanismos de cooperación y coordinación, mediante el apoyo económico a la realización de actividades en materia de defensa y protección al consumidor.

    Segundo.- Crédito presupuestario e importe de la subvención.

  3. - La concesión de las subvenciones se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.492.A01.46031 con un crédito global estimado para la misma por importe de 240.622 euros para el ejercicio 2011 condicionado a las previsiones que se recojan en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para dicho ejercicio. Dicho crédito podrá ser modificado en función de las circunstancias y disponibilidades presupuestarias.

  4. - La cuantía máxima de la aportación económica de la Consejería de Interior y Justicia no podrá superar el 80% del presupuesto aceptado y aprobado para cada actividad.

    Tercero.- Beneficiarios.

  5. - Podrán ser beneficiarias las Entidades Locales que realicen actividades en materia de defensa y protección del consumidor cubriendo un área poblacional superior a 5.000 habitantes y tengan suscrito convenio de colaboración en materia de consumo con la Consejería en su día competente o bien lo suscriban con la Consejería de Interior y Justicia.

  6. - Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes no podrán incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

    Cuarto.- Programas de actividades y gastos cofinanciables.

  7. - Serán cofinanciables los programas de actividades a realizar en el período comprendido entre los días 19 de octubre de 2010 y 18 de octubre de 2011 ambos incluidos, en relación con cada una de las áreas de actuación de consumo previstas en la estipulación primera del convenio de colaboración suscrito, en concreto:

    1. Inspección y control de Consumo.

    2. Información, asesoramiento y orientación de los consumidores y usuarios.

    3. Fomento del movimiento asociativo.

    4. Defensa extrajudicial del consumidor y usuario a través del Sistema Arbitral de Consumo.

  8. - En ningún caso serán objeto de financiación por parte de la Consejería de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR