DECRETO 13/1999, de 28 de enero, por el que se designan los Vocales en representación de la Comunidad Autónoma en la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos del Estado cedidos a las Comunidades Autónomas.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 13/1999, de 28 de enero, por el que se designan los Vocales en representación de la Comunidad Autónoma en la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos del Estado cedidos a las Comunidades Autónomas.

La Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) crea, dentro del Capítulo IV dedicado a la «resolución de conflictos» (artículos 23 y 24), la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos cedidos del Estado a las Comunidades Autónomas.

El Real Decreto 2451/1998, de 13 de diciembre, aprueba el Reglamento de la Junta Arbitral. Según este Reglamento la Junta Arbitral estará compuesta por un Presidente y los Vocales a que se refiere el artículo 6. Este artículo establece que cada Comunidad Autónoma estará representada por cuatro vocales que serán designados por el órgano de gobierno respectivo.

De acuerdo con lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de 1988, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación la Junta de Castilla y León en su reunión del día 28 de enero de 1999,

DISPONGO:

Nombrar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 3 b) del Reglamento de la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos del Estado cedidos a las Comunidades Autónomas...

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