ORDEN MAM/883/2008, de 2 de mayo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Medio Ambiente.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/883/2008, de 2 de mayo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Medio Ambiente.

El Decreto 75/2007, de 12 de julio, establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. La concreción de esta estructura, determinando los demás órganos y unidades administrativas que integran la Consejería y sus atribuciones, corresponde, según lo establecido en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a su titular, a través de la correspondiente Orden de estructura orgánica.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo informe de las Consejerías de Administración Autonómica y de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 30 de abril de 2008

DISPONGO CAPÍTULO I Viceconsejería de Desarrollo Sostenible

Artículo 1 Viceconsejería de Desarrollo Sostenible.

Corresponde a la Viceconsejería de Desarrollo Sostenible, bajo la superior dirección del titular de la Consejería de Medio Ambiente, las funciones descritas en el artículo 2 del Decreto 3/2007, de 11 de julio, del Presidente de la Junta Castilla y León, de creación de Viceconsejerías.

Dependerán de la Viceconsejería de Desarrollo Sostenible la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio, y la Dirección General del Medio Natural.

CAPÍTULO II Secretaría General Artículos 2 a 10
Artículo 2 Secretaría General.
  1. Corresponden a la Secretaría General las funciones previstas en el artículo 5 del Decreto 75/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, así como las que se le atribuyan legalmente.

  2. Para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas, la Secretaría General queda estructurada en las siguientes Unidades Administrativas:

Servicio de Personal y Asuntos Generales.

Servicio de Asuntos Económicos.

Servicio de Contratación Administrativa.

Asesoría Jurídica.

Servicio de Estudios y Documentación.

Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

Servicio de Informática.

Unidad de Archivo Central de la Consejería.

Artículo 3 Servicio de Personal y Asuntos Generales.
  1. Corresponden al Servicio de Personal y Asuntos Generales las siguientes funciones:

    1. La gestión de las incidencias y variaciones individuales de la situación administrativa del personal adscrito a la Consejería.

    2. La confección y gestión de la nómina y de la Seguridad Social.

    3. La elaboración y modificación de las propuestas de relaciones de puestos de trabajo.

    4. La tramitación de los expedientes de recursos administrativos y de reclamaciones previas a la vía laboral.

    5. La elaboración de las propuestas de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo y de pruebas selectivas.

    6. La intervención en los procesos de negociación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Consejería.

    7. La tramitación de las solicitudes de vacaciones, licencias y permisos, el control horario y de la jornada de trabajo y en general todo aquello que se refiere al régimen y organización del personal de la Consejería.

    8. La gestión y coordinación de las tareas de formación del personal de la Consejería, de acuerdo con los criterios de dirección y coordinación que emita la Escuela de Administración Pública de Castilla y León.

    9. El aprovisionamiento, mantenimiento y renovación del equipamiento general necesario para el funcionamiento de la Consejería.

    10. El inventario de los bienes muebles de la Consejería.

    11. La organización y coordinación del uso de los vehículos oficiales y el mantenimiento de los mismos, de los medios de reprografía e instalaciones de la Consejería, así como todas aquellas funciones relacionadas con la seguridad de los mismos.

    12. En coordinación con el Servicio de Informática, la realización de los estudios y análisis previos de los proyectos informáticos necesarios para las tareas propias del Servicio, la elaboración de los proyectos informáticos alfanuméricos y geográficos, su implantación y las adaptaciones por cambios de normativa o gestión.

    m)Cualquier otra que se le atribuya en el ámbito de sus competencias.

  2. Para el desarrollo de sus funciones, y conforme su denominación, el Servicio de Personal y Asuntos Generales, se organiza en las siguientes unidades administrativas:

    Sección de Personal Funcionario, con dos Negociados.

    Sección de Personal Laboral, con dos Negociados.

    Sección de Gestión de Equipamientos, Infraestructura y Régimen Interior, con tres Negociados.

    Sección de Nóminas y Seguridad Social, con dos Negociados.

Artículo 4 Servicio de Asuntos Económicos.
  1. A este Servicio le corresponden las siguientes funciones:

    1. La elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Consejería.

    2. El seguimiento de la ejecución del presupuesto, así como la evaluación y control de cumplimiento de los programas, actividades y objetivos contenidos en él.

    3. La información y tramitación de los expedientes de modificación presupuestaria.

    4. Proponer o informar los proyectos de disposiciones generales de la Consejería que pueden tener incidencia sobre el gasto y evacuar los informes sobre asuntos de contenido económico que se le requieran.

    5. La gestión económica, seguimiento y control de los fondos procedentes de la Unión Europea y demás créditos de carácter finalista.

    6. Las relaciones de coordinación y enlace en materia presupuestaria con la Consejería de Hacienda.

    7. La administración, gestión y seguimiento de los créditos en materia de personal.

    8. La evaluación del coste de los Servicios de la Consejería.

    9. El ejercicio de la habilitación económica.

    10. La tramitación de los documentos contables de la Consejería.

    11. La tramitación económica de las ayudas de la Consejería.

    12. En coordinación con el Servicio de Informática, la realización de los estudios y análisis previos de los proyectos informáticos necesarios para las tareas propias del Servicio, la elaboración de los proyectos informáticos alfanuméricos y geográficos, su implantación y las adaptaciones por cambios de normativa o gestión.

    m)Cualquier otra que se le atribuya en el ámbito de sus competencias.

  2. Para el desarrollo de sus funciones, y conforme su denominación, el Servicio de Asuntos Económicos, se organiza en las siguientes unidades administrativas:

    Sección de Presupuestos y Asuntos Europeos, con dos Negociados.

    Sección de Gestión Presupuestaria de Personal, Bienes y Servicios, con dos Negociados.

    Sección de Gestión Presupuestaria de Inversiones, con dos Negociados.

    Sección de Gestión Presupuestaria de Ayudas, con un Negociado.

Artículo 5 Servicio de Contratación Administrativa.
  1. Corresponden al Servicio de Contratación Administrativa las siguientes funciones:

    1. La tramitación de los expedientes de contratación que lleve a cabo la Consejería.

    2. La gestión administrativa y económica de las obras que se realicen por la propia Administración.

    3. La tramitación de los contratos patrimoniales que celebre la Consejería.

    4. La gestión económico-administrativa relativa a los convenios de colaboración que celebre la Consejería y su Registro.

    5. La tramitación de los expedientes de reconocimiento de deuda y convalidación de gasto.

    6. La adquisición de bienes a través del servicio central de suministros.

    7. La tramitación de otros expedientes de gasto.

    8. La propuesta de la normativa y de los procedimientos en materia de su competencia.

    9. La tramitación y la elaboración de las propuestas de resolución de las reclamaciones y recursos que pudieran suscitarse en materia de su competencia.

    10. En coordinación con el órgano directivo competente en materia de patrimonio y en colaboración con los Servicios correspondientes, la administración, gestión y conservación de los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad que tenga afectados, adscritos o cuya administración y gestión corresponda a la Consejería.

    11. En coordinación con el Servicio de Informática, la realización de los estudios y análisis previos de los proyectos informáticos necesarios para las tareas propias del Servicio, la elaboración de los proyectos informáticos alfanuméricos y geográficos, su implantación y las adaptaciones por cambios de normativa o gestión.

    12. La gestión y control de las publicaciones en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' en materia de su competencia.

    m)Cualquier otra que se le atribuya en el ámbito de sus competencias.

  2. Para el desarrollo de sus funciones, y conforme su denominación, el Servicio de Contratación Administrativa, se organiza en las siguientes unidades administrativas:

    Sección de Contratación de Secretaría General, con dos Negociados.

    Sección de Contratación de Calidad Ambiental y Ordenación del Territorio, con tres Negociados.

    Sección de Contratación del Medio Natural, con tres Negociados.

Artículo 6 Asesoría Jurídica.
  1. A la Asesoría Jurídica, con rango de Servicio, le corresponden las funciones previstas en la normativa reguladora de organización y funcionamiento de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León.

  2. El Servicio contará con un Negociado, que prestará apoyo administrativo para el desempeño de las funciones que le corresponden.

Artículo 7 Servicio de Estudios y Documentación.
  1. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR