Orden EYE/1600/2003, de 13 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía y Empleo.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1600/2003, de 13 de noviembre, por la que se desarrolla la e s t ru c t u ra orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía y Empleo.

El Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y L e ó n , de Reestru c t u ración de Consejerías, c rea la Consejería de Economía y Empleo y at ri bu ye a ésta las competencias que hasta la fe cha ostentaba la Consejería de Industri a , C o m e rcio y Tu ri s m o , con ex c epción de las re l at iva s al turismo y consumo, así como las re l at ivas a la política económica ge n e ra l , a la programación y orientación de la actividad económica y las re l at ivas a A s u n t o sE u ro p e o s .

Mediante el Decreto 73/2003, de 17 de julio, se estableció la estru c t u ra o rgánica de la Consejería de Economía y Empleo, en la que además de desarrollar la nu eva estru c t u ra de la misma, se mantuvieron tra n s i t o riamente las D i recciones Generales de Relaciones e Intermediación Lab o ral y de E m p l e o y Fo rm a c i ó n , d ependientes de la Viceconsejería de E m p l e o , como órga n o s d i re c t ivos de la Consejería de Economía y Empleo, como consecuencia de la c reación del Servicio Público de Empleo de Castilla y L e ó n .

En este sentido, la Ley 10/2003, de 8 de ab ri l , de Creación del Serv i c i o P ú blico de Empleo de Castilla y León, condiciona la efe c t iva puesta en funcionamiento de este Organismo Autónomo a la entrada en vigor del Reg l amento que la desarro l l e, al mismo tiempo que, en su Disposición Final Te rc e ra , re q u i e re la modificación de la estru c t u ra orgánica de la Consejería que t e n ga at ri buidas las competencias en mat e ria lab o ra l , p a ra cumplir con lo e s t ablecido en la misma.

Por Decreto 110/2003, de 25 de sep t i e m b re, se ap robó el Reglamento de O rganización y Funcionamiento del Servicio Público de E m p l e o , por lo que, mediante el Decreto 112/2003, de 2 de octubre, por el que se establece la e s t ru c t u ra orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, se procedió a la adecuación de la mencionada estru c t u ra de la Consejería a la nu eva orga n i z ación administrat iva y competencial derivada de la creación del Servicio Públ ico de Empleo de Castilla y León, p rocediendo a la creación de la Dire c c i ó n G e n e ral de Trabajo y Prevención de R i e s gos Lab o rales y de la D i re c c i ó n G e n e ral de Economía Social, manteniéndose el resto de la estru c t u ra org á n ica sin modificaciones y en idénticos términos a los ya establecidos en el D e c reto 73/2003, de 17 de julio.

Por todo lo señalado, de confo rmidad con lo previsto en las Disposicion e s Finales Pri m e ra y Segunda del Decreto 112/2003, de 2 de octubre, p o r el que se establece la estru c t u ra orgánica de la Consejería de Economía y E m p l e o , y con el fin de conseguir una mejor correspondencia entre las competencias que la Consejería de Economía y Empleo tiene at ri buidas y su e s t ru c t u ra org á n i c a , se procede al desarrollo de la estru c t u ra org á n i c a mediante la ap robación de la pre s e n t eO rd e n .

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.3 de la Ley 3/2 0 0 1 , de 3 de julio, del Gobierno y de la A d m i n i s t ración de la C o munidad de Castilla y León, p revio info rme de las Consejerías de Pre s idencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 13 de n ov i e m b re de 2003.

DISPONGO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 10

Secretaría General

Artículo 1 Organización de laSecretaría General.
  1. Corresponden a laSecretaría General las funciones previstas en el artículo 4 del Decreto 112/2003, de 2 de octubr e, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería deEconomía y Empleo, sí como las que se le atribuyan legalmente.

  2. La Secretaría General para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas se estructura en los siguientes órganos administrativos:

Servicio de Personal y Asuntos Generales.

Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

Servicio de AsuntosEconómicos.

Servicio de Contratación Administrativa.

Asesoría Jurídica.

Intervención Delegada.

Servicio deEstudios y Documentación.

Servicio deInformática.

Unidad de Archivo Central de la Consejería.

Artículo 2 Servicio de Personal y Asuntos Generales.
  1. Al Servicio de Pe rsonal y Asuntos Generales competen las siguientes f u n c i o n e s :

    1. La gestión de las incidencias y de las variaciones individuales de la situación administrativa del personal de la Consejería.

    2. La confección y gestión de la nómina y de la seguridad social, así como la administración, gestión y seguimiento de los créditos en materia de personal.

    3. La elab o ración de las propuestas de resolución de los re c u rsos admin i s t rat ivos y de las re clamaciones previas a la vía lab o ral en mat e ri a de personal.

    4. La elaboración de las propuestas de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo y de pruebas selectivas.

    5. La elaboración de las propuestas de relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones.

    6. La intervención en los procesos de negociación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de laConsejería.

    7. La tramitación de las solicitudes de vacaciones, licencias y permisos, competencia del Secretario General, el control del horario y de la jornada de trabajo y, en general, todo aquello que se refiera al régimen y organización del personal de la Consejería.

    8. La inspección de serv i c i o s , c o n fo rme a las dire c t rices dictadas por la Inspección General de S e rvicios de la A d m i n i s t ración de Castilla y L e ó n .

    9. La organización, coordinación y mantenimiento de los vehículos oficiales, medios de reprografía, almacenes e instalaciones de la Consejería, así como todas aquellas funciones relacionadas con la seguridad de las mismas.

    10. El ap rov i s i o n a m i e n t o , mantenimiento y re n ovación del equipamiento y mat e rial ge n e ra l , tanto fijo como fungi bl e, n e c e s a rio para el funcion a miento de la Consejería.

    11. La elaboración y actualización permanente del inventario general de los bienes muebles afectos a la Consejería.

    12. La organización, gestión, dirección y control del registro general de documentos de la Consejería.

      m)La coordinación con laConsejería de Hacienda en lo que se refiere a la administración y conservación de los bienes demaniales que corresponda a laConsejería.

    13. La coordinación de las tareas de fo rmación del personal al servicio de l aC o n s e j e r í a , bajo la dependencia funcional de la Escuela de A d m in i s t ración Pública de Castilla y León.

    14. La organización y coordinación de los servicios de personal subalterno, conductores, telefonía y otros servicios de carácter general.

    15. Las funciones en materia de registro e información que, conforme al Decreto 2 / 2 0 0 3 , de 2 de enero , por el que se regulan los Serv i c i o s d eI n fo rmación y Atención al Ciudadano y la función de regi s t ro en l aA d m i n i s t ración de la C o munidad de Castilla y León, c o rre s p o n d e n a la Oficina Dep a rtamental de I n fo rmación y Atención al Ciudadano de laConsejería.

    16. Las relativas a asuntos generales que correspondan a laSecretaría General y no estén expresamente atribuidas a otro Servicio.

    17. Cualquier otra función que se le atribuya en el ámbito de sus competencias.

  2. Pa ra el desarrollo de sus funciones, y confo rme a su denominación, e l S e rvicio de Pe rsonal y Asuntos Genera l e s , se estru c t u ra en las siguientes unidades administrat iva s :

    Sección de Personal, con dos Negociados.

    Sección de RégimenInterior, con dos Negociados.

    Sección de Instalaciones y Recursos Mat e ri a l e s , con dos Nego c i a d o s .

    Sección de Nóminas y Seguridad Social, con dos Negociados.

    A rtículo 3. Servicio de Eva l u a c i ó n , N o rm at iva y Pro c e d i m i e n t o .

  3. El Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento tiene a su cargo las siguientes funciones:

    1. El estudio jurídico previo a la elaboración de disposiciones administrativas generales y anteproyectos de ley en todas las materias competencia de laConsejería.

    2. La preparación de los expedientes de los proyectos de disposiciones de carácter general y anteproyectos de ley para su remisión al Secretario de la Junta de Castilla y León.

    3. La redacción de los proyectos de disposiciones de carácter general que afecten al funcionamiento de los servicios propios de la Secretaría General, así como la coordinación de esta función con aquellos que sean específicos de los restantes órganos directivos centrales de laConsejería.

    4. El seguimiento y control de la publicación en los Boletines Oficiales de las disposiciones, resoluciones y actos de la Consejería.

    5. La asistencia técnico-jurídica de la Consejería, en aquellos supuestos en que no esté atribuida a la Asesoría Jurídica o a otros órganos.

    6. La asistencia al Secretario General para el estudio y preparación de las reuniones de la Comisión de Secretarios Generales.

    7. La elab o ración de las propuestas de resolución de re c u rsos de alzada, de reposición y de revisión y de re clamaciones por re s p o n s ab i l i d a d p at rimonial de la A d m i n i s t ra c i ó n , que deba re s o l ver el Consejero , e n aquellos casos en que no corresponda a las Viceconsejerías o a las D i recciones Genera l e s .

    8. La tramitación de los procedimientos de revisión de oficio de disposiciones generales de la Consejería y la redacción de la correspondiente propuesta de resolución.

    9. El seguimiento de los procedimientos...

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