ORDEN AYG/220/2010, de 4 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Toro» y de su Consejo Regulador.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 29 de mayo de 1987 («B.O.E.» núm. 131 de 2 de junio) se reconoció la Denominación de Origen «Toro» y se aprobó el Reglamento de la misma y de su Consejo Regulador, habiéndose modificado posteriormente por Orden AYG/936/2005, de 13 de julio («B.O.C. y L.» n.º 139 de 19 de julio) publicada en el «Boletín Oficial del Estado» por Orden APA/3423/2005, de 19 de octubre («B.O.E.» núm. 263 de 3 de noviembre) y por Orden AYG/1233/2006, de 12 de julio («B.O.C. y L.» n.º 145 de 28 de julio) publicada en el «Boletín Oficial del Estado» por Orden APA/302/2007, de 22 de enero («B.O.E.» núm. 40 de 15 de febrero).

El artículo 8 del Reglamento de la Denominación de Origen «Toro» establece la producción máxima admitida por hectárea y variedad. En concreto, para la variedad Verdejo establece una producción máxima de 60 Qm/Ha. para los municipios de Morales de Toro y Pedrosa del Rey y de 40 Qm/Ha. para el resto de municipios. Ante la evolución experimentada por las nuevas plantaciones de esta variedad en la zona, que ha permitido obtener rendimientos mayores manteniéndose en todo momento los parámetros de calidad, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Toro», como Órgano de Gestión de dicha Denominación, en el uso de las funciones atribuidas en la letra a) del apartado 2 del artículo 26 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, solicitó con fecha 22 de junio de 2009 la modificación del citado artículo 8.

La Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León («B.O.C. y L.» n.º 116, de 16 de junio) regula en el Capítulo III del Título II el procedimiento para reconocer y extinguir un nivel de protección. Por su parte, el artículo 32 del Reglamento de la Ley de la Viña y del Vino de Castilla y León, aprobado por Decreto 51/2006, de 20 de julio («B.O.C. y L.» n.º 141, de 21 de julio), delimita el contenido mínimo de la norma específica reguladora de los vinos de calidad producidos en Castilla y...

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