DECRETO 250/1996, de 7 de noviembre, por el que se delega el ejercicio de funciones en materia de Sistemas Provinciales de Bibliotecas en las Diputaciones Provinciales.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 13-11-1996 Nº Boletín: 220 / 1996

DECRETO 250/1996, de 7 de noviembre, por el que se delega el ejercicio de funciones en materia de Sistemas Provinciales de Bibliotecas en las Diputaciones Provinciales.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce a la Provincia como ámbito territorial para el desarrollo y gestión de las competencias y funciones de la Comunidad y establece las bases para que, conforme a criterios de descentralización, eficacia y coordinación de funciones, se posibilite la prestación de funciones y servicios atribuidos a la Administración de Castilla y León por aquellas Entidades que, como las Diputaciones Provinciales, tienen una acreditada tradición de eficaz prestación de servicios y cercanía al administrado que los hacen idóneos para la ejecución de determinadas competencias.

La Ley 6/1986, de 6 de junio, Reguladora de las Relaciones entre la Comunidad Autónoma de Castilla y León y las Entidades Locales, prevé en sus artículos 11 y siguientes la delegación del ejercicio de funciones de titularidad de la Comunidad en las Entidades Locales, mediante Decreto de la Junta de Castilla y León a propuesta de las Comisiones que dicha Ley regula.

Y el Decreto 214/1996, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los centros y servicios bibliotecarios integrados en el Sistema de Bibliotecas de Castilla y León determina en su artículo 9.º la posibilidad de delegar en las Diputaciones Provinciales determinadas funciones que afectan a la gestión de los Sistemas Provinciales de Bibliotecas.

La actuación de la Junta de Castilla y León en el ámbito provincial y en materia bibliotecaria se realizará a través de los Sistemas Provinciales de Bibliotecas.

Entre las funciones que comprende esta actuación se encuentran las correspondientes al apoyo a las bibliotecas y servicios bibliotecarios integrados en el Sistema Provincial de Bibliotecas, que se ejercen mediante la prestación de servicios y asesoramiento técnico a través de las Bibliotecas de titularidad estatal gestionadas por la Comunidad Autónoma y mediante la aplicación de créditos destinados a la creación y mejora de los servicios bibliotecarios y al incremento equitativo de sus fondos.

Para el mejor ejercicio de las funciones antes referidas, se ha considerado conveniente realizar una delegación de algunas funciones que esta Comunidad tiene sobre los Sistemas Provinciales de Bibliotecas a favor de todas las Diputaciones Provinciales, sin perjuicio de que para su efectividad sea aceptada por la Entidad Local interesada.

El Consejo de Cooperación de la Administración de la Comunidad Autónoma con las provincias de Castilla y León, en su reunión del día 28 de octubre de 1996 tuvo conocimiento de la propuesta de delegación de funciones en materia...

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