Decreto 75/2004, de 15 de julio, por el que se delega el ejercicio de determinadas funciones en materia de prevención ambiental en el municipio de Benavente (Zamora).

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

A rtículo 2. Funciones cuya ejecución se delega .

Se delega en el municipio de Medina del Campo la función at ri buida a la Comisión Te rri t o rial de Prevención Ambiental de Va l l a d o l i d, de info rm a r los expedientes re l at ivos ala instalación, ampliación o re fo rma de las actividades e instalaciones sometidas al régimen de licencia ambiental, en re l ación con las actividades incluidas en el A n exo del presente Decre t o , u b i c adas en dicho mu n i c i p i o .

A rtículo 3. Documentación administrat iva .

La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Medio A m b i e nt e, c o l ab o rará en todo momento, con la Entidad Local interesada para prop o rc i o n a rle datos o documentos que obren en su poder y que puedan re s u lt a rle de utilidad en el ejercicio de las funciones delega d a s .

A rtículo 4. Dirección y control del ejercicio de las funciones delega d a s .

La Comunidad Autónoma se re s e rva las facultades de dirección y control del ejercicio de las funciones objeto de delegación que se indican a continuación:

a) Dictar instrucciones técnicas de carácter ge n e ra l .

b) E l ab o rar programas y dire c t rices sobre la gestión de las funciones d e l ega d a s .

c) R e c abar info rmación sobre la ge s t i ó n .

d) Fo rmular los re q u e rimientos pertinentes para la subsanación de las d e ficiencias observa d a s , c o municándolo al re s p e c t ivo órgano de s eg u im i e n t o .

e) P revio info rme del órgano de seguimiento y en el supuesto de incumplimiento de las dire c t ri c e s , d e n egación de las info rmaciones solicitadas o inobservancia de los re q u e rimientos fo rmu l a d o s , revocar la d e l ega c i ó n , así como, en su caso, ejecutar las competencias en sustitución de la Entidad Local.

A rtículo 5. Duración y efe c t ividad de la delega c i ó n .

La presente delega c i ó n , que tiene carácter indefi n i d o , será efe c t iva a partir de la publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de la acep t ación por parte de la Entidad Local re c ep t o ra. Dicha publicación se hará mediante Orden de la Consejería de Medio A m b i e n t e.

DISPOSICIONES A D I C I O NA L E S

P ri m e ra . La A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y León, p re stará en el ámbito de las competencias delega d a s , la asistencia activa que el municipio pudiera precisar para el eficaz cumplimientos de sus tare a s .

S eg u n d a . D i cha asistencia será solicitada y se prestará por la Delegación Te rri t o rial a través del Servicio Te rri t o rial de Medio Ambiente que c o rre s p o n d a , el cual la llevará a cabo con carácter pre fe re n t e.

DISPOSICIÓN T R A N S I TO R I A

Única. Con independencia del momento en que se hayan iniciado los p ro c e d i m i e n t o s , la Comisión Te rri t o rial de Prevención Ambiental sólo info rmará aquéllos expedientes que hayantenido entrada en la misma con anteri o ridad a la fe cha en que sea efe c t iva la presente delega c i ó n .

DISPOSICIÓN FINA L

Ú n i c a . El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su p u blicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Va l l a d o l i d, 15 de julio de 2004.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

F d o . : JUA N VI C E N T E HE R R E R A CA M P O

La Consejera de Medio A m b i e n t e,

F d o . : M.' JE S Ú S RU I Z RU I Z

A N E X O

a) Ta l l e res auxiliares de construcción de albañilería, e s c ayo l i s t e r í a , c ri st a l e r í a , e l e c t ri c i d a d, fo n t a n e r í a , c a l e facción y aire acondicionado.

b) Ta l l e res de peletería, g ua rnicionería y...

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