ORDEN FAM/1279/2009, de 1 de junio, por la que se delega el ejercicio de la competencia relativa al nombramiento y cese de personal interino respecto de los puestos de trabajo de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/1279/2009, de 1 de junio, por la que se delega el ejercicio de la competencia relativa al nombramiento y cese de personal interino respecto de los puestos de trabajo de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Mediante el Decreto 239/1996, de 24 de octubre, se articula la distribución de competencias en materia de personal que presta sus servicios en la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

En su artículo 5 se establecen las competencias que en esta materia corresponden al Consejero de Sanidad y Bienestar Social, en la actualidad al Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades por ser el titular de la Consejería a la que está adscrita la Gerencia de Servicios Sociales.

En tal sentido el apartado 2 del referido artículo 5 dispone que corresponde al Consejero la provisión de puestos de trabajo mediante nombramiento de personal interino, previa convocatoria pública, así como acordar el cese cuando concurran las causas establecidas legalmente respecto de los puestos de trabajo de la Gerencia de Servicios Sociales.

La Ley 2/1995, de 6 de abril, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, dispone en su artículo 4.3 que el Gerente de Servicios Sociales es el órgano unipersonal para la dirección y gestión operativa de la Gerencia y señalando, entre otras funciones, la de ostentar la jefatura superior de todo el personal destinado en las unidades y centros dependientes de este organismo autónomo, pronunciándose en similares términos en sus artículos 16 y 18 el Reglamento General de la Gerencia aprobado por Decreto 2/1998, de 8 de enero.

El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los órganos de las diferentes Administraciones podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Como quiera que concurren en este asunto las circunstancias de que se trata de funciones en materia de personal y que el Gerente ostenta la jefatura superior de personal de la Gerencia de Servicios Sociales, parece suficientemente justificada la delegación que en esta norma se realiza y más si con ello se persigue conseguir mayor agilidad y eficacia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR