Decreto 46/2003, de 24 de abril, por el que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en el ámbito dotacional de «Las Eras».

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Artículo 2 Modificación del Título IV.

Se modifican los artículos 71, 72, 75, 77, 78 y 94 del Reglamento de la Ley de Patrimonio, en los términos que se indican a continuación:

  1. El artículo 71 queda redactado de la manera siguiente:

    'Artículo 71. Para la adquisición de bienes se seguirá el procedimiento previsto en cada caso en la Ley de Patrimonio.

    Cuando proceda la adquisición directa su autorización irá precedida del informe de la Asesoría Jurídica'.

  2. El artículo 72 queda redactado del siguiente modo:

    'Artículo 72. Iniciado el pro c e d i m i e n t o , se redactará el pliego de condiciones que deberá contener, como mínimo, la justificación del objeto y finalidad de la adquisición, los datos y circunstancias precisos para determ inar las características del inmu ebl e, los cri t e rios que han de servir de base p a ra la adjudicación, la fo rma y condiciones del pago y el concepto pre s up u e s t a rio con cargo al cual haya de efe c t u a rse el mencionado pago. Prev i o i n fo rme de la Asesoría Jurídica se ap robará por el titular de la Consejería de Economía y Hacienda'.

  3. El artículo 75 queda redactado de la manera siguiente:

    'Artículo 75. Las proposiciones para el concurso se presentarán en dos sobres cer rados y firmados por el licitador haciendo constar en cada uno de ellos su contenido. Uno de ellos contendrá la documentación acreditativa de la personalidad y de los requisitos para concurrir a la licitación y demás requisitos previstos en el pliego de condiciones. El otro sobre contendrá la oferta que se realice.

    En el primero de dichos sobres se incluirá la declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades e s t ablecidas lega l m e n t e, que se re fe rirá también a la circunstancia de h a l l a rse al corriente del cumplimiento de sus obl i gaciones tri bu t a ri a s , impuestas por las disposiciones vigentes, que determine la Consejería de Economía y Hacienda. En el caso de empresas, expresará además la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

    La justificación acreditativa de estos requisitos se exigirá antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del...

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