ACUERDO de 5 marzo de 2014, de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca, por el que se aprueba definitivamente el proyecto de Normas Urbanísticas Municipales de Alba de Tormes (Salamanca). Expte.: 160/09.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorUniversidad de Salamanca
Rango de LeyAcuerdo

En la sesión de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, celebrada el 5 de marzo de 2014, en relación con las Normas Urbanísticas Municipales de ALBA DE TORMES (Salamanca). Promotor: Ayuntamiento. Redactor: José Carlos Marcos y Ángel León Luis. (Expte. 160/09).

Examinado el contenido del expediente de referencia, en el que constan los siguientes:

ANTECEDENTES

Primero.- El objeto de este expediente es la redacción de las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Alba de Tormes, con el fin principal de establecer la ordenación general de todo el término municipal, así como la ordenación detallada del suelo urbano consolidado (SUC). El Proyecto se puede resumir en la siguiente ficha:

CLASIFICACIÓN DEL SUELO

CLASES DE SUELO

CATEGORÍAS DEL SUELO

SUELO URBANO (Has): 167

URBANO

URBANIZABLE

RÚSTICO

SUELO URBANIZABLE (Has): 118

SUC 157,66

ASUMIDO (R) 24

SRC 1.780,53

SUELO RÚSTICO (Has): 4.349

Núcleo Este de Alba de Tormes 98

ASUMIDO (I) 11,29

SRAT 5,24

Núcleo Oeste de Alba deTormes 16

TOTAL ASUMIDO 35,3

SRAE 433,76

Pinar de Alba 37

RESIDENCIAL 53,6

SRPA 418,77

Palomares de Alba 7

INDUSTRIAL 15,66

SRPC 8,39

Amatos de Alba 4

MIXTO 14,26

SRPN 988

Torrejón de Alba 5

TOTAL PROPUESTO 83,53

SRPI 315,06

SUNC 9,39

¿Dotaciones Generales? 1,93

SUNC1 Núcleo Este de Alba de Tormes 1,24

¿Piscifactoria? 7,14

SUNC2 Núcleo Este de Alba de Tormes 2,40

¿Camping? 1,91

SUN3 Núcleo Oeste de Alba de Tormes 4,36

SUNC4 Núcleo Este de Alba de Tormes 1,39

TOTAL CLASES (Has)

4.635

TOTAL (Has)

167

TOTAL (Has)

118

TOTAL (Has)

4.349

AMBITOS DE PLANEAMIENTO

SECTORES EN SUR

SECTORES EN SU-NC:

R 1 (R) 18,08

SUNC1 Núcleo Este de Alba de Tormes 1,24

R 2 (R) 7,28

SUNC2 Núcleo Este de Alba de Tormes 2,40

R 3 ( R) 5,52

SUN3 Núcleo Oeste de Alba de Tormes 4,36

R 4 ( R) 3,66

SUNC4 Núcleo Este de Alba de Tormes 1,39

R 5 ( R) 4,16

R 6 ( R) 8,75

R 7 ( R) 6,10

M 1 6,46

M 2 2,71

M 3 2,93

M 4 2,14

I 1 11,95

I 2 3,71

SUBTOTAL SECTORES PROPUESTOS 83.53

SUBTOTAL SECTORES ASUMIDOS 35,3

TOTAL SECTORES EN SUR-D (Has)

118

TOTAL SECTORES EN SU-NC (Has)

9,39

DOTACIONES URBANÍSTICAS:

DOTACIONES URBANISTICAS

SISTEMAS GENERALES

SISTEMAS LOCALES

TOTALES

EQUIPAMIENTOS (Has):

EQUIPAMIENTOS (Has):

EQUIPAMIENTOS (Has):

EQUIPAMIENTOS (Has):

ESPACIOS LIBRES (Has):

ESPACIOS LIBRES (Has):

ESPACIOS LIBRES (Has):

ESPACIOS LIBRES (Has):

SERVICIOS URBANOS (Has):

SERVICIOS URBANOS (Has):

SERVICIOS URBANOS (Has):

SERVICIOS URBANOS (Has):

INFRA.TERRITORIALES (Has):

INFRA.TERRITORIALES (Has):

INFRA. TERRITORIALES (Has):

INFRA.TERRITORIALES (Has):

TOTAL (Has):

TOTAL (Has):

TOTAL (Has): según reservas

TOTAL (Has): según reservas +8,32

Segundo.- Fue conocido este expediente por la CTMAyU celebrada el día 5 de noviembre de 2013 por el que se acordó suspender la aprobación definitiva de las NNUUMM de Alba de Tormes para subsanar las objeciones que se indicaban consistentes en:

  1. El nuevo Documento debe ser aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, o en caso contrario, debe justificarse adecuadamente por los Técnicos Municipales la no necesidad de este trámite.

  2. Se han de eliminar del Proyecto las referencias al PECH (Plan Especial del Conjunto Histórico).

  3. Se debe certificar por el Ayuntamiento que el contenido de la regulación del Conjunto Histórico es la misma que fue informada favorablemente por la Comisión

    Territorial de Patrimonio Cultural o en otro caso, esta Comisión deberá ratificarse en su informe o bien emitir uno nuevo.

  4. Se deberán incluir en el Documento los Planos Catastrales.

  5. Se deberán subsanar las deficiencias de carácter técnico que constan en el informe del Servicio Territorial de Fomento, relacionadas en el Antecedente Cuarto de este Acuerdo excepto la referida a las ordenanza gráfica de alturas al no observar la Comisión que exista ninguna deficiencia al respecto.

    Tercero.- Con fecha de entrada 13 de febrero de 2014 en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, y remitida por el Excmo. Ayuntamiento de Alba de Tormes, se recibe nueva documentación relativa a las Normas Urbanísticas Municipales.

    Cuarto.- Con fecha 4 de marzo se recibe nuevo informe favorable a este proyecto de Normas Urbanísticas por parte de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, celebrada el 26 de febrero de 2014, dando así cumplimiento al apartado 3 de las objeciones indicadas por esta Comisión el 5 de noviembre de 2013.

    Quinto.- En el informe del Servicio Territorial de Fomento de fecha 26 de febrero, y que obra íntegro en el expediente de referencia, consta que:

  6. La objeción referida a la tramitación administrativa consistente en que el documento sea aprobado por el Pleno del ayuntamiento, se subsana con el certificado emitido por el Secretario Municipal, con el visto bueno de alcaldía, acreditativo del acuerdo del Pleno, en sesión celebrada en fecha 30 de enero de dos mil catorce.

  7. La documentación que se somete a examen, incluye un memorando en el que se da cumplida cuenta de la observación de las objeciones incluidas en el Acuerdo correspondiente a la sesión 05/11/13 de la CTMAyUSa, justificando su íntegra subsanación.

    Por todo lo expuesto, se informa favorablemente, la Aprobación Definitiva de las NUM de Alba de Tormes.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    Vistos la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo y Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones de general aplicación.

    Primero.- La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva le corresponde a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca, a tenor de lo dispuesto en los artículos 54, 58 y 138 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, en el artículo 161 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y el Decreto 24/2013, de 27 de

    junio, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo y del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.

    Segundo.- Examinada la documentación presentada por el Ayuntamiento respecto de lo acordado por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca el 5 de noviembre de 2013, resultan subsanadas todas las deficiencias señaladas, por lo que procede su aprobación definitiva.

    Por lo expuesto y en su virtud, la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo ACUERDA APROBAR DEFINITIVAMENTE las Normas Urbanísticas Municipales de ALBA DE TORMES (Salamanca). Promotor: Ayuntamiento.

    El Acuerdo será ejecutivo y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» con los requisitos establecidos y se notificará a la Administración del Estado, a la Diputación Provincial, al Registro de la Propiedad y a quienes se personaran durante el período de información pública, conforme a lo exigido en los Arts. 60 y 61 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

    Contra el presente Acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de conformidad con el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de conformidad con el Art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de idéntica denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo...

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