DECRETO 263/1989 de 9 de noviembre de la Junta de Castilla y León por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de Peñaranda de Bracamonte.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 14-11-1989 Nº Boletín: 218 / 1989

DECRETO 263/1989 de 9 de noviembre de la Junta de Castilla y León por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de Peñaranda de Bracamonte.

El Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte, ante la carencia de terrenos de propiedad municipal, con la calificación urbanística adecuada, para poder acometer la construcción de un Centro de Salud y ante la imposibilidad presupuestaria del municipio en orden a la compra o expropiación de un terreno para tal fin, ha tomado la decisión de efectuar una modificación puntual de la Norma Subsidiaria Municipal, consistente en la recalificación de una parcela de 2.970 metros cuadrados, situada entre la calle Carlos I y la Avda. de los Jardines y que forma parte del sistema de espacios libres previstos en la Norma.

Este terreno no está acondicionado como parque y su inclusión como zona verde efectuada en la Norma Subsidiaria venia a ampliar y rematar el actual Parque Municipal.

El Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte acuerda, en pleno extraordinario de 19 de agosto de 1988, la aprobación inicial de la mencionada modificación, apareciendo publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca» n.º111 de 14 de septiembre de 1988, así como en la Gaceta Regional con fecha 7 de mayo de 1988, sin que se hubiesen producido alegaciones. En consecuencia, sin haberse producido reclamaciones contra dicha aprobación inicial aprobándose provisionalmente el 3 de noviembre de 1988.

Remitido el expediente para su aprobación definitiva a la Comisión Provincial de Urbanismo de Salamanca, y dado que la modificación tiene por objeto el cambio de 29.070 metros cuadrados, calificados como espacios libres en las Normas Subsidiarias para transformarlas en equipamiento, concretamente un Centro de Salud, la Comisión, en sesión celebrada el 21 de noviembre de 1988, acuerda su remisión al Consejero de Fomento, para que una vez seguido el trámite señalado en el art. 50 de la Ley del Suelo se proceda a su aprobación definitiva. El informe preceptivo del Consejo de Estado se produce, en sentido favorable, el 6 de julio de 1989, Remitiéndose a la Junta de Castilla y León el 3 de agosto de 1989.

La modificación del instrumento de planeamiento de Peñaranda de Bracamonte supone un cambio de zonas verdes para elementos dotacionales, manteniendo constante el estandar de 5 metros cuadrados de zonas verdes por hb., para los...

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