DECRETO 165/88 de 27 de julio por el que se crea la Medalla al Mérito deportivo de Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Cultura y Bienestar Social |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 165/88 de 27 de julio por el que se crea la Medalla al Mérito deportivo de Castilla y León.
En desarrollo de las competencias exclusivas en la promoción de la Educación Física y el Deporte que, de acuerdo con el artículo 26 del Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad Autónoma y como reconocimiento y estímulo a quienes se distinguen de forma eminente en la práctica deportiva, enseñanza o dirección del deporte en Castilla y León, en cuanto factores fundamentales en la formación y desarrollo de la persona, se instituye la Medalla al Mérito Deportivo de Castilla y León.
Considerando lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1988, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y Decreto 241/1987, de 29 de septiembre, de la Consejería de Cultura y Bienestar Social, sobre Estructura Orgánica y funciones de la misma.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Bienestar Social y previa deliberación de la Junta de Consejeros, en su sesión de 27 de julio de 1988
DISPONGO:
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A los deportistas castellano-leoneses.
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A las demás personas que hayan prestado servicios extraordinarios en favor del deporte en Castilla y León.
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A las Corporaciones, Asociaciones Deportivas y otros Organismos o Entidades Públicas o Privadas de Castilla y León, acreedoras a tal distinción.
Cuando la distinción se conceda a Entidades Deportivas adoptará la denominación de: Placa de Oro, de Plata y de Bronce.
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