DECRETO 234/1986, de 23 de diciembre, por el que se crean las Intervenciones Territoriales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 31-12-1986 Nº Boletín: 152 / 1986

DECRETO 234/1986, de 23 de diciembre, por el que se crean las Intervenciones Territoriales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La culminación del proceso de transferencias del Estado a esta Comunidad ha supuesto un incremento progresivo de su actividad económica, gran parte de la cual tiene su origen o se realiza en el ámbito territorial.

Ambas circunstancias vienen poniendo de manifiesto la conveniencia de desconcentrar en las Delegaciones Territoriales de las Consejerías, competencias residenciadas en órganos de la Administración Central de la Comunidad, con el fin de lograr la mayor agilización del procedimiento administrativo al tiempo que una inmediatez en la toma de decisiones.

Este régimen de desconcentración territorial debe alcanzar al ejercicio de la función interventora, lo que hace necesaria la creación de órganos territoriales delegados de la Intervención General de la Administración de la Comunidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 23 de diciembre de 1986.

DISPONGO:

Artículo 1 º Se crean las Intervenciones Territoriales de la Administración de la Comunidad, integradas orgánicamente en las Delegaciones Territoriales de Economía y Hacienda y funcionalmente dependientes de la Intervención General.

Art. 2.º Las Intervenciones Territoriales de la Administración de la Comunidad tendrán, en el ámbito de cada Delegación Territorial, las siguientes competencias:

  1. El ejercicio de la función interventora, dentro del ámbito territorial que corresponda a la Delegación, respecto de los actos, documentos y expedientes de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico, con arreglo a lo dispuesto en la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.

  2. Promover e interponer, en el ámbito de sus competencias, en vía administrativa y económico - administrativa, los recursos y reclamaciones procedentes contra los actos y resoluciones contrarios a la Ley y que se estimen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR