DECRETO 32/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Decreto 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, en su artículo 1 organiza la Administración de la Comunidad Autónoma en Consejerías, entre las que se encuentra la Consejería de la Presidencia a la que corresponden las competencias que hasta ahora tenía adscritas así como las de Administración Local, Juego, Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, Políticas Migratorias, Cooperación al Desarrollo y de Justicia que hasta ahora correspondían a la Consejería de Interior y Justicia y las competencias en materia de Ordenación del Territorio que hasta ahora correspondían a la Consejería de Medio Ambiente.

Conforme a lo establecido en los artículos 16.k) y 45.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León la creación, modificación o supresión de Secretarías Generales y de Direcciones Generales se llevará a cabo por Decreto de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda e iniciativa del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de julio de 2011

DISPONE:

Artículo 1 Ámbito competencial.
  1. - Compete a la Consejería de la Presidencia, bajo la superior dirección del Consejero:

    1. La preparación de las reuniones de la Junta y el asesoramiento de la misma.

    2. La asistencia al Secretario de la Junta de Castilla y León.

    3. La gestión del «Boletín Oficial de Castilla y León».

    4. Las facultades que tenga atribuidas la Administración de la Comunidad en materia de colegios profesionales, fundaciones y asociaciones.

    5. La dirección de los Servicios Jurídicos.

    6. Las competencias que corresponden o se transfieran a la Comunidad de Castilla y León en materia de Administración de Justicia.

    7. La asistencia al Portavoz de la Junta de Castilla y León.

    8. La política de Comunicación y las relaciones con los medios de comunicación.

    9. Las relaciones de la Junta de Castilla y León con la Administración General del Estado y con otras Comunidades Autónomas e Instituciones.

    10. La coordinación, planificación y el desarrollo de la política de acción exterior.

    11. La coordinación de la participación de la Comunidad en asuntos relacionados con la Unión Europea.

    12. Inmigración, castellanos y leoneses en el exterior y Centros y Casas Regionales.

    13. Cooperación al Desarrollo.

    14. Las relaciones de la Junta de Castilla y León con las Cortes de Castilla y León.

    15. La imagen institucional, su promoción e identidad y el impulso de la Marca Territorio de Castilla y León.

    16. La coordinación técnica y seguimiento de planes, programas y actuaciones de la Junta de Castilla y León, así como la realización de informes y estudios y la recopilación de la información generada por los distintos órganos de la Administración de la Comunidad.

    17. Coordinación, impulso y seguimiento de la Agenda para la Población.

    18. La dirección y coordinación de la Web Corporativa de la Junta de Castilla y León.

    19. La promoción, dirección y ejecución de las políticas en materia de Administración

      territorial.

    20. La Ordenación del Territorio.

    21. La coordinación, impulso y seguimiento de un Pacto Territorial.

    22. La dirección de la política en materia de cooperación económica local y la gestión de las ayudas de la cooperación local de carácter general.

    23. Juegos y apuestas.

    24. La organización de procesos electorales autonómicos.

    25. La coordinación y dirección política de las Delegaciones Territoriales, así como la propuesta de la Junta de Castilla y León del nombramiento y separación de los Delegados Territoriales.

    26. Todas aquellas otras materias que le estén atribuidas legalmente.

  2. - A tal efecto se le atribuyen las funciones y servicios transferidos, o que en su día se transfieran en dichas materias y cuantas otras pudieran corresponderle en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.

  3. - A esta Consejería está adscrita la Fundación para la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior y la Cooperación al Desarrollo.

Artículo 2 Órganos Directivos Centrales.
  1. - La Consejería de la Presidencia se estructura en los Órganos Directivos Centrales siguientes:

    - Viceconsejería de Administración y Gobierno del Territorio.

    - Secretaría General.

    - Dirección de los Servicios Jurídicos.

    - Dirección General de la Oficina del Portavoz y Relaciones con los Medios.

    - Dirección de Ordenación del Territorio y Administración Local.

    - Dirección General de Relaciones Institucionales y Acción Exterior.

    - Dirección General de Análisis y Planificación.

  2. - A efectos orgánicos y presupuestarios se integra en la Consejería de la Presidencia el Gabinete del Presidente, que ejercerá las funciones y competencias que le atribuye el Decreto que regula su estructura y funciones.

Artículo 3 Consejo de Dirección.

Como órgano de deliberación y coordinación de las actividades de la Consejería, existe un Consejo de Dirección, presidido por el titular de la Consejería y del que forman parte el titular de la Viceconsejería, de la Secretaría General y de las Direcciones. A sus reuniones podrán asistir otras personas siempre que el titular de la Consejería lo considere necesario.

Artículo 4 Viceconsejería de Administración y Gobierno del Territorio.

El titular de la Viceconsejería de Administración y Gobierno del Territorio tiene las atribuciones previstas en el artículo 38 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en materia de administración y ordenación del territorio en el marco de las competencias propias de la Consejería de la Presidencia.

En particular, asumirá la coordinación de actuaciones de la Comunidad en las políticas de Ordenación del Territorio, Administración Local, pacto territorial, relaciones con las Entidades Locales, así como la coordinación y seguimiento de las actuaciones relativas a la transferencia de funciones y servicios en materia de Administración de Justicia sin perjuicio de cualquier otra que le sea atribuida, delegada o desconcentrada.

Dependerá de la Viceconsejería de Administración y Gobierno del Territorio, la Dirección...

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