DECRETO 128/1988, de 29 de junio, por el que se aprueba la relación de puestas de trabajo correspondiente a personal trabajo de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 30-06-1988 Nº Boletín: 125 / 1988

DECRETO 128/1988, de 29 de junio, por el que se aprueba la relación de puestas de trabajo correspondiente a personal trabajo de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

Por Decreto número 59/1987, de 2 de abril, se aprobó la relación de puestos de trabajo correspondiente a personal laboral de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial; relación que, por imperativo del artículo 24.1 de la Ley 7/1985, de 27 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tiene un período anual de vigencia.

Por otra parte, el artículo 23.3 de la misma Ley establece que la aprobación de modificaciones en la estructura orgánica de las Consejerías exigirá la de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.

La profunda reorganización de la Administración Autonómica, tanto en sus órganos centrales como periféricos, producida como consecuencia de la fusión de Consejerías y modificación de sus estructuras orgánicas, llevada a cabo por Decretos 152/1987, de 28 de julio, 216/87, de 20 de agosto, 231/1987, de 17 de septiembre, 239/1987, de 29 de septiembre, 240/1987, de 29 de septiembre, 241/1987, de 29 de septiembre, 242/1987, de 29 de septiembre, y 245/1987, de 14 de octubre, con la consiguiente variación de puestos de trabajo, impone, pues, la necesidad de proceder a revisar la relación de puestos de trabajo de personal laboral, aprobada por Decreto 59/1987, de 2 de abril, para adaptarla a la actual estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

Los trabajos que a tal fin ha venido realizando la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, ha permitido a ésta configurar la relación de puestos de trabajo permanentes de su estructura orgánica, correspondientes a personal laboral, conforme dispone el artículo 24 de la Ley 7/1985.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, vistos los informes favorables del Consejo de la Función Pública y del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 29 de junio

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR