Decreto 74/2002, de 30 de mayo, por el que se aprueba la Estrategia Regional de Residuos de la Comunidad de Castilla y León 2001-2010.
Sección | I - Disposiciones Generales del Estado |
Emisor | Consejeria de Presidencia y Administracion Territorial |
Rango de Ley | Decreto |
La regulación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) prevé que los gastos con cargo a la sección Garantía del mismo habrán de ser realizados por servicios y organismos autorizados como «organismos pagadores», que cumplan los requisitos establecidos por la Unión Europea y que ejerzan funciones como las denominadas «autorización de los pagos» y «ejecución de los pagos» definidas en el Reglamento 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio, que estén directamente relacionadas con la gestión presupuestaria.
El Decreto 224/1996, de 26 de septiembre, que designa al Organismo Pagador en la Comunidad de Castilla y León, lo define de acuerdo con las normas de la Unión Europea y le atribuye las funciones que está prevé.
Partiendo de estas premisas y habida cuenta de la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de información contable de Castilla y León (SICCAL-2), resulta necesario establecer el procedimiento de gestión presupuestaria de las fases de autorización y ejecución de pagos gestionados por el Organismo Pagador así como delimitar el alcance de la función interventora.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Economía yHacienda y del Consejero de Agricultura y Ganadería y a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de mayo de 2002
DISPONGO:
A rtículo 3.- La ejecución de pago comprenderá la instrucción de pago, expedida por el Secretario Técnico del Organismo Pagador.
Todo ello constituirá el soporte documental necesario para la validación del documento contable correspondiente. Posteriormente se verificará que la instrucción de pago se corresponde con la autorización de pago,siendo esta correspondencia requisito necesario y suficiente para el envío del documento contable a la Tesorería General.
Queda derogado el Decreto 236/1996, de 17 de octubre («B.O.C. y L.» n.º203, de 18 de octubre) y cuantas disposiciones de rango igual o inferior se opongan a lo establecido en este Decreto.
Primera.- Se faculta a la Consejera de Economía y Hacienda a dictar las normas de desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y sus efectos se retrotraerán al 1 de enero de 2002, fecha de inicio del ejercicio presupuestario.
Fuensaldaña (Valladolid,) 30 de mayo de 2002.
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: J UAN V ICENTE H ERRERA C AMPO
El Consejero de Presidencia y Administración Territorial, Fdo.: A LFONSO F ERNÁNDEZ M AÑUECO
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
DECRETO 74/2002,de 30 de mayo, por el que se aprueba la Estrategia
Regional de Residuos de la Comunidad de Castilla y León 2001-2010.
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