DECRETO 115/1999, de 3 de junio, por el que se aprueba la Estrategia Forestal de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 115/1999, de 3 de junio, por el que se aprueba la Estrategia Forestal de la Comunidad de Castilla y León.

La Comunidad de Castilla y León, dentro de su ámbito territorial, tiene trasferidas las competencias en materia de montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos de acuerdo con el artículo 34.1.9 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, en redacción ordenada por Ley Orgánica 4/1999, de 8 de enero.

Las actuaciones administrativas llevadas a cabo en los últimos años en esta materia, han logrado un sensible aumento en la extensión y calidad de las masas forestales existentes en esta Comunidad.

Si bien los logros en este campo pueden considerarse notables, la situación actual demanda la elaboración de unas directrices que permitan programar, en lo sucesivo, la actuación administrativa en dicha materia y permitan la elaboración de una planificación tendente a la consecución de objetivos concretos y la optimización de los recursos disponibles.

Con esta perspectiva, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, vistos los trabajos previos a la Estrategia Forestal Nacional, ha propuesto una Estrategia que sirva de pauta para la posterior elaboración de un Plan Forestal Regional y de los posteriores planes sectoriales de desarrollo que definan los objetivos prioritarios a medio y largo plazo, para el más adecuado desarrollo de los montes de esta Comunidad, su conservación y la promoción económica en este sector.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 3 de junio de 1999

DISPONGO:

Artículo 1 º Aprobar la Estrategia Forestal de Castilla y León cuyo texto se inserta en el Anexo de este Decreto.
Artículo 2 º La Estrategia Forestal servirá de base para la posterior elaboración del Plan Forestal Regional de Castilla y León, que comprenderá como mínimo los siguientes apartados:
  1. Situación actual de las áreas forestales en Castilla y León: Con especial referencia al territorio, la población y la propiedad forestal.

  2. Objetivos generales del plan.

  3. Participación de los distintos sectores implicados en los objetivos del plan.

  4. Prioridades.

  5. Programación y desarrollo del plan.

  6. Presupuestos y financiación.

  7. Marco legal.

Artículo 3 º En la elaboración del Plan Forestal Regional, se dará audiencia a todas las entidades públicas o privadas y a todos los sectores que pudieran resultar afectados por el mismo, haciendo especial referencia a las Entidades Locales u organismo representativo.
Artículo 4 º En aplicación de lo dispuesto en el artículo 19 y 20 de la Ley 8/1994, de 24 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental yAuditorías Ambientales de Castilla y León, con anterioridad a la aprobación del Plan Forestal Regional, se efectuará la Evaluación Estratégica Previa del mismo.
DISPOSICIONES FINALES Primera El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Segunda. Se faculta a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para elaborar en el plazo de un año el Plan Forestal Regional.

Valladolid, 3 de junio de 1999.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JUAN JOSÉ LUCAS GIMÉNEZ El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

Fdo.: FRANCISCO JAMBRINA SASTRE

ANEXO ESTRATEGIA FORESTAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN · FINALIDAD Y OBJETIVOS DE LA ESTRATEGIA FORESTAL La acción planificadora en materia forestal, demanda la previsión y gestión de unos objetivos que permitan su optimización. Esta gestión ordenada debe conjugar de manera equilibrada, las diferentes funciones que el monte desempeña y que además se demandan por la sociedad actual.

Debe reseñarse que hasta la fecha no ha existido una política forestal europea, de forma que es la Comunidad Autónoma quién...

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