DECRETO 9/2016, de 14 de abril, por el que se modifica el Decreto 12/2012, de 29 de marzo, por el que se desconcentran competencias en el titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en los titulares de sus Órganos Directivos Centrales y en los de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

El Decreto 12/2012, de 29 de marzo, por el que se desconcentran competencias en el titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en los titulares de sus Órganos Directivos Centrales y en los de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, tiene la finalidad de unificar el régimen de desconcentración de competencias en las materias sobre las que ejerce sus atribuciones la Consejería de Fomento y Medio Ambiente hasta ese momento dispersas en distintas normas.

El citado Decreto 12/2012, de 29 de marzo, fue modificado a su vez por el Decreto 78/2013, de 12 de diciembre, para incluir en su ámbito de aplicación la desconcentración del ejercicio de determinadas competencias en materia de contaminación lumínica, de compuestos orgánicos volátiles, de emisión de gases de efecto invernadero, de organismos modificados genéticamente, así como de suelos contaminados.

Mediante Decreto 13/2015, de 19 de febrero, se llevó a cabo una nueva modificación, por razones de índole normativa en lo que respecta a la desconcentración de competencias en materia de evaluación de impacto ambiental, de organismos modificados genéticamente, y de compuestos orgánicos volátiles. Por otra parte, por razones de eficacia, eficiencia y agilidad en la actuación administrativa, el Decreto 13/2015, de 19 de febrero modifica la desconcentración de competencias en materia de contratación, de incendios forestales, de pesca, así como de firma de escrituras públicas.

Desde entonces se han producido nuevos cambios normativos, así como una reestructuración de las consejerías, que hacen precisa una nueva modificación del Decreto 12/2012, de 29 de marzo.

Así, por las razones de índole normativa invocadas, se modifica, en primer lugar, la redacción del artículo 5, en lo que respecta a la desconcentración de competencias en materia de prevención ambiental y evaluación de impacto ambiental, con el objeto de vincularla al texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre.

Por otra parte, la reestructuración de consejerías operada por el Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, y la asunción de competencias en materia de informática y red corporativa por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, hacen...

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