DECRETO 40/1991 de 7 de marzo, sobre retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 11-03-1991 Nº Boletín: 49 / 1991

DECRETO 40/1991 de 7 de marzo, sobre retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 10/1989, de 29 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 1990, las retribuciones integras del personal al servicio de la Comunidad de Castilla y León no sometido a la Legislación Laboral, Altos Cargos y asimilados, experimentaron con respecto a los de 1989 un incremento del 6 por ciento. No obstante, la citada Ley de Presupuestos autorizó un fondo para compensar la pérdida del poder adquisitivo que, en su caso, pudiera producirse durante el ejercicio.

Como quiera que el incremento del Indice de Precios al Consumo (IPC) durante 1990 ha sido del 6, 50 por ciento, el poder adquisitivo del personal referido anteriormente ha sufrido una pérdida cifrada en el 0, 50 por ciento, sobre las tablas retributivas de 1989 para cuya compensación el presente Decreto articula una paga equivalente al 0, 47 por ciento de las retribuciones devengadas en 1990.

Por otra parte, el Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de Castilla y León, establece en su artículo 61 una cláusula de revisión salarial para 1990 que garantice hasta el 100 por cien del IPC resultante a 31 de diciembre de 1990, por comparación con el 31 del mismo mes del año anterior, en lo que exceda del 4, 75 por ciento, cláusula ésta, cuya aplicación se recoge también en el presente Decreto.

En su virtud, a propuesta conjunta de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Economía y Hacienda, visto el informe de la Comisión de Retribuciones y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 7 de marzo de 1991.

..................... DISPONGO:

Artículo 1º A todo el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León no sometido a la Legislación Laboral, Altos Cargos y asimilados se le abonará una paga equivalente al 0, 47 por ciento de las retribuciones devengadas durante el año 1990 con excepción de:

- La paga...

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