DECRETO 51/2018, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece en su apartado primero, que la elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o a los ingresos de las Administraciones Públicas y demás entidades que forman parte del sector público se someterá el principio de estabilidad presupuestaria.
El artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, dispone que, aprobados los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública por las Cortes Generales, la elaboración de los proyectos de presupuesto de las Administraciones Públicas habrán de acomodarse a dichos objetivos.
El pasado 20 de julio, el Consejo de Ministros aprobó los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública de los ejercicios 2019, 2020 y 2021 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, de conformidad con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, siendo rechazados por el Pleno del Congreso de los Diputados, celebrado el 27 de julio de 2018.
Nuevamente, el Consejo de Ministros del día 7 de diciembre, ha vuelto a fijar tales objetivos para el período 2019-2021, remitiendo el Acuerdo a las Cortes Generales para su aprobación, de conformidad con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, sin que hasta el momento se haya producido su aprobación ni, en consecuencia, se haya asignado individualmente a la Comunidad Autónoma el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, conforme a lo previsto en el artículo 16 de la mencionada Ley Orgánica.
Por otro lado, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2012, de 24 de octubre, de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria, la elaboración del anteproyecto del presupuesto en la Comunidad, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, exige el establecimiento del límite de gasto no financiero, hito que marca el inicio del proceso de elaboración, y que corresponde aprobar a las Cortes de Castilla y León, previo Acuerdo de la Junta de Castilla y León, una vez que a ésta se le comuniquen tales objetivos, conforme a lo previsto en el artículo 16 de la mencionada Ley Orgánica.
Todo ello ha dado como resultado la imposibilidad de aprobar el proyecto de presupuestos de la Comunidad de Castilla y León para 2019 antes del uno de enero de dicho ejercicio.
El artículo 89.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y...
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