DECRETO 45/2018, de 18 de octubre, por el que se desconcentran competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de Sanidad y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 8.2, ya prevé la posibilidad de desconcentrar la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, en los términos y con los requisitos que prevean las normas de atribución de competencias. Y en este mismo sentido se pronuncia el artículo 47 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La estructura orgánica, tanto de los servicios centrales de la Consejería competente en sanidad, como la de sus Servicios Territoriales, ha experimentado una serie de importantes cambios en este último año y medio, orientados a la simplificación y racionalización de estructuras así como una mejor coordinación e integración entre la Consejería competente en sanidad y la Gerencia Regional de Salud.

En concreto, como consecuencia del Decreto 40/2016, de 10 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 36/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y la ORDEN SAN/957/2016, de 17 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, los órganos y unidades de la Secretaría General competente en sanidad han visto incrementadas sus funciones al atribuirles dichas normas las funciones materiales y de apoyo de los órganos de la Gerencia Regional de Salud, configurándose, por tanto, dichos órganos y unidades como servicios comunes de carácter totalmente transversal para la Consejería de Sanidad y la Gerencia Regional de Salud.

Por otra parte, mediante el Decreto 25/2017, de 7 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y la ORDEN EYH/1142/2017, de 20 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Territoriales de Sanidad de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, y transcurridos más de veinte años, se ha procedido a adaptar la estructura orgánica de la organización territorial periférica de la Administración General de la Comunidad en materia de sanidad, que permita una gestión más eficaz y eficiente en la ejecución de las funciones propias de la sanidad provincial, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Gerencia Regional de Salud.

Además la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, incorpora importantes cambios que deben ser tenidos en cuenta a la hora de organizar las competencias en materia de contratación.

Las razones expuestas en los párrafos anteriores exigen ordenar las competencias de las nuevas estructuras orgánicas, y haciendo uso de las previsiones contenidas en los artículos 8.2 y 47, respectivamente, de las Leyes 40/2015, de 1 de octubre y 3/2001, de 3 de julio, con la presente desconcentración de competencias en materia de contratación, patrimonio, gestión del gasto y ejecución presupuestaria, presentación de recursos y ejercicio de acciones judiciales así como adopción de medidas especiales o preventivas en materia de salud pública, se pretende lograr una mayor eficacia y agilidad en la actividad a desarrollar por la Consejería competente en sanidad y sus Servicios Territoriales, tanto a nivel autonómico como provincial, todo lo cual redundará en un mejor funcionamiento de la Administración sanitaria.

Asimismo, a través del presente Decreto se modifica el Decreto 19/2018, de 21 de junio, de desconcentración de competencias en materia de contratación y gestión económica en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud, se trata de una modificación de carácter técnico para unificar en un único órgano, el Director económico, presupuestario y financiero las competencias de contratación relativas a la prórroga de los contratos y sus correspondientes actos de gestión presupuestaria, así como delimitar la competencias de ejecución que le corresponde en determinados tipos de contratos.

Este Decreto se dicta en el ejercicio de la competencia exclusiva que ostenta la Comunidad de Castilla y León en materia de estructura y organización de la Administración de la Comunidad Autónoma, al amparo de lo dispuesto en el artículo 70.1.2.º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Asimismo, la Comunidad de Castilla y León tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de las facultades que se reserve el Estado, en materia de sanidad y salud pública, tal como así se establece en el artículo 74.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Sanidad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 18 de octubre de 2018

DISPONE

Artículo 1 Objeto.

El objeto del presente decreto es la desconcentración de competencias en los titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería competente en sanidad y en los titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en materia de contratación administrativa, gestión del gasto y ejecución presupuestaria, patrimonio, presentación de recursos y ejercicio de acciones judiciales y adopción de medidas especiales o preventivas en materia de salud pública.

Artículo 2 Competencias...

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