DECRETO 3/2019, de 24 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las viceconsejerías.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha establecido la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con la finalidad de alcanzar una eficaz acción de gobierno.

Establecida dicha organización básica, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, posibilita en el ámbito de los distintos departamentos, la creación de viceconsejerías para un sector de actividad específico dentro de cada uno de ellos.

Todo lo anterior determina que en este momento resulte procedente determinar las Viceconsejerías que se estima preciso crear para atender el propósito antes señalado.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.13 y 45.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1 Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local.

Se crea la Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local, adscrita a la Consejería de la Presidencia.

La Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local, en el marco de las competencias propias de la Consejería de la Presidencia, desarrollará sus funciones en las materias de administración local, cooperación económica local general, relaciones con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas, relaciones con las Cortes de Castilla y León, relaciones con el Consejo Consultivo y con el Procurador del Común y el Defensor del Pueblo, organización de los órganos colegiados de gobierno, secretaría de la Comisión General de Coordinación Territorial y de asistencia al Secretario del Consejo de Gobierno.

Asimismo, corresponderá a esta Viceconsejería el impulso y seguimiento del programa de gobierno.

En su sector de actividad, la Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local ejercerá las funciones que le atribuye la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de cualquier otra que le sea atribuida, desconcentrada, delegada o encomendada.

Artículo 2 Viceconsejería de Transparencia y Calidad de los Servicios.

Se crea la Viceconsejería de Transparencia y Calidad de los Servicios, adscrita a la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.

La Viceconsejería de Transparencia y Calidad de los Servicios, en el marco de las competencias propias de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, desarrollará sus funciones en las materias de inspección y calidad de los servicios, transparencia, participación y gobierno abierto, atención al ciudadano, calidad normativa y simplificación de procedimientos.

En su sector de actividad, la Viceconsejería de Transparencia y Calidad de los Servicios ejercerá las funciones que le atribuye la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de cualquier otra que le sea atribuida, desconcentrada, delegada o encomendada.

Artículo 3 Viceconsejería de Economía y Competitividad.

Se crea la Viceconsejería de Economía y Competitividad, adscrita a la Consejería de Economía y Hacienda.

La Viceconsejería de Economía y Competitividad, en el marco de las competencias propias de la Consejería de Economía y Hacienda, desarrollará sus funciones en las materias de programación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR