DECRETO 114/1995, de 10 de julio, de Reestructuración de Consejerías.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 11-07-1995 Nº Boletín: 132 / 1995

DECRETO 114/1995, de 10 de julio, de Reestructuración de Consejerías.

El artículo 28 de la Ley de Gobierno y Administración de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de 1988, autoriza en su apartado 2, que por Decreto de la Presidencia de la Junta, se podrán crear, modificar, suprimir o fusionar Consejerías, dentro de los límites establecidos en el Estatuto de Autonomía.

La necesidad de conseguir una mayor eficacia en las tareas político-administrativas y la puesta en ejecución del programa de Gobierno aconseja hacer uso de la disposicion prevista en la Ley.

En su virtud y en uso de las facultades atribuidas,

DISPONGO:

Artículo 1 º La Administración de la Comunidad Autónoma se organiza en las siguientes Consejerías:

Presidencia y Administración Territorial.

Economía y Hacienda.

Fomento.

Agricultura y Ganadería.

Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Sanidad y Bienestar Social.

Educación y Cultura.

Industria, Comercio y Turismo.

Art. 2 º El orden de prelación de la Consejerías, será el establecido en el artículo anterior.
Art. 3 º La Consejería de Fomento, asumirá las funciones actualmente atribuidas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en materia de Promoción, Desarrollo y Gestión del Suelo Urbano.
Art. 4 º La Consejería de Educación y Cultura, asumirá las funciones actualmente atribuidas a la Consejería de Cultura y Turismo, excepto las señaladas en el artículo 5.º c del presente Decreto.
Art. 5 º...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR