ORDEN AYG/994/2008, de 30 de mayo, por la que se convocan, para el curso 2008/2009, Becas de Colaboración en los Centros de Formación Agraria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/994/2008, de 30 de mayo, por la que se convocan, para el curso 2008/2009, Becas de Colaboración en los Centros de Formación Agraria.

Los Centros de Formación Agraria ubicados en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dependientes de la Dirección General de Industrialización y Modernización Agraria, tienen como objetivo principal el desarrollo de enseñanzas de formación profesional integral agraria, agroalimentaria y forestal dirigidas a jóvenes y profesionales del sector agrario y a la población rural en su conjunto.

La dispersión de los posibles alumnos y su ubicación geográfica hacen necesario que los mencionados Centros dispongan de unas instalaciones capaces de acoger a los alumnos en régimen de internado o media pensión.

Con la figura del becario colaborador se busca una mayor eficacia en el proceso de enseñanza-aprendizaje que mejore la capacitación profesional y el desarrollo integral del individuo de acuerdo con valores de carácter social, cultural y recreativo que facilite la convivencia en el internado y logre un uso correcto del tiempo libre.

La Orden AYG/1096/2007, de 18 de junio ('B.O.C. y L.' n.º 119 de 20 de junio), establece las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración en los Centros de Formación Agraria, modificada por la Orden AYG/993/2008 de 26 de mayo.

En virtud de lo anterior y de conformidad a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

RESUELVO Primero. Objeto.

Se convocan 11 'Becas de Colaboración', recogidas en el Anexo I, dirigidas a jóvenes estudiantes y postgraduados que puedan colaborar con los Centros de Formación Agraria como medida de acompañamiento en la programación y desarrollo de actividades educativas, de animación socio-cultural, deportivas, de experiencias y ensayos y de internado, así como en el cumplimiento de las normas de régimen interior del Centro para facilitar un sistema formativo integrado.

Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas en la Orden AYG/1096/2007, de 18 de junio.

Segundo. Estructura Presupuestaria.

Las becas se concederán con cargo a la estructura presupuestaria 0302 G/322C01/78054/0 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad Autónoma, por un importe total de 79.200, 00 , para 2008 por un importe de 26.400, 00 , y a la que con el mismo fin se consigne en los Presupuestos para 2009, por un importe de 52.800, 00 .

Tercero. Beneficiarios y Requisitos.

  1. Podrán acceder a estas becas jóvenes cuya edad el 31 de diciembre de 2007, esté comprendida entre 18 y 30 años, que cursen estudios de Formación Profesional Específica, estudios universitarios o que estén preparando oposiciones, así como aquellos que, una vez finalizadas las enseñanzas de Formación Profesional Específica, preparen su acceso al mundo laboral.

    No podrán concederse estas becas a los solicitantes que hayan sido beneficiarios de las mismas por un periodo igual o superior a tres cursos escolares, siempre y cuando existan otros solicitantes que cumplan los requisitos de la Orden de convocatoria.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Cuarto. Contenido de la Beca.

    A los becarios se les proporcionará alojamiento y manutención gratuitos en los Centros de Formación Agraria correspondiente, debiendo cumplir las obligaciones establecidas en el punto octavo de la presente Orden.

    Las becas se concederán para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2008 y el 30 de junio de 2009 y estarán dotadas con un total de 7.200 por beca, pagaderos fraccionadamente al final del último trimestre de 2008 y primero y segundo trimestre de 2009.

    Quinto. Plazo para la presentación de solicitudes y...

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