ORDEN SAN/1349/2008, de 10 de julio, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de Personal Estatutario de las categorías siguientes: Albañil, Calefactor, Carpintero, Celador, Cocinero, Costurera, Electricista, Fontanero, Gobernanta, Grupo Administrativo de la F.A., Grupo Auxiliar Administrativo de la F.A., Grupo Gestión de la F.A., Grupo Técnico de la F.A., Ingeniero Técnico, Jardinero, Lavandera, Limpiadora, Mecánico, Peón, Peluquero, Pinche, Pintor, Planchadora, Telefonista, Trabajador Social y Técnico de Salud Pública de la Gerencia Regional de Salud.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/1349/2008, de 10 de julio, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de Personal Estatutario de las categorías siguientes: Albañil, Calefactor, Carpintero,

Celador, Cocinero, Costurera, Electricista, Fontanero, Gobernanta,

Grupo Administrativo de la F.A., Grupo Auxiliar Administrativo de la F.A., Grupo Gestión de la F.A., Grupo Técnico de la F.A., Ingeniero Técnico, Jardinero, Lavandera, Limpiadora, Mecánico, Peón,

Peluquero, Pinche, Pintor, Planchadora, Telefonista, Trabajador Social y Técnico de Salud Pública de la Gerencia Regional de Salud.

Por Decretos 10/2006, de 2 de marzo ('B.O.C.y L.' de 3 de marzo), 21/2007, de 8 de marzo ('B.O.C. y L.' de 9 de marzo) y 22/2008, de 19 de marzo ('B.O.C. y L.' de 24 de marzo) se aprobaron las Ofertas de Empleo Público de la Administración de Castilla y León para el año 2006, 2007 y 2008, en cuyos Anexo IX, IV y IV respectivamente incluyen las plazas correspondientes de personal estatutario de la Comunidad de Castilla y León.

A efectos de permitir la movilidad del personal estatutario fijo, con carácter previo a las convocatorias de los procesos selectivos para cubrir plazas básicas contenidas en la Oferta de Empleo Público, se procede a convocar concurso de traslados para la cobertura de plazas básicas vacantes de personal estatutario, respetando el número de plazas objeto de las Ofertas de Empleo Público, aprobadas por los citados Decretos 10/2006, de 2 de marzo, 21/2007, de 3 de marzo y 22/2008, de 19 de marzo.

En virtud de la normativa citada, esta Consejería, a propuesta de la Gerencia Regional de Salud, ha dispuesto convocar concurso de traslados para la provisión de las plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, con sujeción a las siguientes BASES:

Primera. Objeto de la Convocatoria.

1.1. Se convocan para su provisión por concurso de traslados las plazas básicas vacantes, que, por categorías, se especifican en el Anexo I de la presente Orden. Cada concursante podrá solicitar, por su orden de preferencia, aquellas plazas de su categoría que resulten de su interés, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 2.2.c) de la presente convocatoria.

1.2. El concurso se regirá por las presentes bases; por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público;

por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos previstos en dicha Ley, por lo dispuesto en el Capítulo II, sección 1.' del Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero ('B.O.E.' del 9 de enero) sobre selección del personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, y en lo dispuesto en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León conforme la redacción dada por la Ley 1/2008 de 7 de marzo.

1.3. Las plazas están codificadas a efectos de su identificación, distribución y adjudicación, con un código de cinco dígitos. Esta codificación deberá utilizarse para la petición de plazas en la hoja destinada a ello, y servirá para la adscripción del concursante a la plaza adjudicada, sin que ello afecte al nombramiento del concursante ni limite las posibilidades de reorganización asistencial conforme a la normativa vigente.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación.

2.1. Podrá participar en el presente concurso de traslados el personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud con nombramiento en propiedad en la misma categoría y/o especialidad a la que se concurse, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  1. En activo o con reserva de plaza.

  2. En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza.

  3. En situación de reingreso al servicio activo con carácter provisional.

    2.2. En función de la situación en la que se encuentre el participante, serán requisitos para ser admitido en el concurso los siguientes:

  4. En activo o con reserva de plaza: Se encuentra en esta situación el personal estatutario fijo con nombramiento en la misma categoría y/o especialidad en la que participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo o tenga reserva de plaza de esa condición en cualquier Servicio de Salud, sin que en la presente convocatoria sea exigible período mínimo de permanencia en la plaza desde la que concursa, tal y como determina el artículo 36.3 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, conforme la redacción dada por la Ley 1/2008, de 27 de marzo.

    El personal que se encuentre en situación que conlleve derecho a reserva de plaza, podrá participar en este concurso para la obtención o cambio de reserva de plaza, en los términos legalmente establecidos, sin que ello implique necesariamente su reingreso al servicio activo, debiendo, en tal caso, manifestar en el plazo posesorio la opción de permanecer en la misma situación.

  5. En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza:

    El personal estatutario fijo que se encuentre en esta situación deberá reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de solicitudes.

    Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en los apartados a) y c) del artículo 67 del Estatuto Marco, deberá acreditar la permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años, o durante el tiempo establecido en la normativa aplicable en el momento de pasar a dicha situación administrativa.

    Al personal nombrado estatutario fijo en situación de excedencia voluntaria procedente de la situación de expectativa de destino en el procedimiento extraordinario regulado en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, y conforme lo establecido en la misma Ley, no se les exigirá período mínimo de permanencia en tal situación para solicitar el reingreso por medio de su participación en el presente concurso.

  6. El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de reingreso provisional en plaza dependiente de la Gerencia Regional de Salud, estará obligado a participar en este concurso, solicitando, al menos, todas las plazas de su categoría y/o especialidad que se oferten en su correspondiente Área, y en su caso modalidad, a la que esté adscrito.

    En el supuesto de no obtener plaza, habiendo solicitado todas las convocadas en su categoría y/o especialidad, modalidad y Área, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten vacantes como consecuencia de la resolución del concurso de traslados, o pasar...

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