ORDEN EYE/1096/2012, de 18 de diciembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2013.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

El Título VII de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, establece como finalidad primordial de la política de empleo de los trabajadores con discapacidad su integración en el sistema ordinario de trabajo o, en su defecto, su incorporación al mercado de trabajo a través de fórmulas especiales de trabajo protegido, como son los Centros Especiales de Empleo.

El artículo 38.4 de la mencionada Ley 13/1982, de 7 de abril, dispone que se fomentará el empleo de los trabajadores con discapacidad mediante el establecimiento de ayudas que faciliten su integración laboral. Estas ayudas podrán consistir en subvenciones o préstamos para la adaptación de los puestos de trabajo, la eliminación de barreras arquitectónicas que dificulten su acceso y movilidad en los Centros de producción y cuantas otras se consideran adecuadas para promover la colocación de las personas con discapacidad.

El Real Decreto 832/1995, de 30 de mayo, traspasó a la Comunidad Autónoma de Castilla y León la gestión de los programas de apoyo al empleo, entre los que se encuentra el de integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones dispone que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, que se inicia siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

El Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, regula la concesión no competitiva de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, entre las que se encuentran las subvenciones dirigidas a las personas con discapacidad. Debido a sus circunstancias personales y sociales, el colectivo de personas con discapacidad se encuentra con más dificultades para acceder a un empleo. La aplicación del régimen de concurrencia competitiva para la tramitación de las subvenciones que potencian su integración laboral en las empresas del mercado normalizado de trabajo, en los Centros Especiales de Empleo y en los enclaves laborales puede suponer un serio obstáculo para la consecución de dicho objetivo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión, las cuales serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» o en el diario oficial correspondiente. Las bases reguladoras

para la concesión de las subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en Centros Especiales de Empleo y trabajo autónomo fueron aprobadas por Orden de 16 de octubre de 1998 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y adecuadas a la Ley General de Subvenciones por la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo. Por Orden EYE/2317/2009, de 18 de diciembre, se adecua la Orden de 16 de octubre de 1998 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en Centros Especiales de Empleo y de trabajo autónomo a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la comunidad de Castilla y León.

La Orden de 16 de octubre de 1998 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales contiene programas destinados tanto a proyectos generadores de empleo para trabajadores con discapacidad como para el mantenimiento de puestos de trabajo de trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. Teniendo en cuenta las disposiciones presupuestarias y en virtud de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se convocan las subvenciones destinadas a costes salariales correspondientes al puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad en CEE.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Primero.- Convocatoria.

Se convoca la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2013.

Segundo.- Financiación.

  1. - La aplicación presupuestaria y la asignación del gasto efectuada y establecida en la presente convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el 2013, en las aplicaciones y por los importes que a continuación se detallan:

    Aplicación presupuestaria

    Importe

    08.05G.241C01.770.18.00

    8.800.000,00 €

    08.05G.241C01.780.90.00

    2.600.000,00 €

  2. - Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2013 serán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.

  3. - El...

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