ORDEN SAN/137/2014, de 20 de febrero, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacante mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 43.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como en el Capítulo III del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, teniendo esta Consejería un puesto de trabajo vacante adscrito a funcionarios, cuya cobertura resulta necesaria y urgente, vista la autorización de la Consejería de Hacienda de fecha 28 de enero de 2014, así como el informe de fecha 11 de febrero de 2014 de la Dirección General de la Función Pública comunicando que la Bolsa de Empleo del Cuerpo Superior de la Administración de la provincia de Ávila se ha agotado, se procede a efectuar la presente convocatoria para cubrir la plaza que se indica en el Anexo I conforme a las siguientes

BASES:

Primera.- Convocar públicamente la cobertura de una plaza para personal interino con las características y requisitos que se señalan en el Anexo I de esta orden.

Segunda.- Los candidatos para cubrir dicha plaza que, en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en el Anexo I a la fecha de finalización del plazo para presentar las instancias, deberán dirigir las mismas, según el modelo que figura en el Anexo II de esta orden, al Excmo. Sr. Consejero de Sanidad en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano, o en los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los solicitantes no deberán aportar junto con las instancias los documentos acreditativos de los méritos alegados. Estos serán objeto de comprobación por la Comisión de Selección conforme se establece en la base quinta.

Tercera.- Los candidatos deberán reunir a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, además de los requisitos citados, los siguientes:

  1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, así como en otros supuestos legalmente establecidos.

  2. Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

  3. Estar en posesión del título exigido, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  4. No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de las funciones públicas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública.

  5. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el desarrollo de las funciones correspondientes.

Cuarta.- La Comisión de Selección será nombrada por el Secretario General de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR