ORDEN SAN/125/2009, de 22 de enero, por la que se convocan subvenciones para la realización de acciones y programas en materia de salud pública.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/125/2009, de 22 de enero, por la que se convocan subvenciones para la realización de acciones y programas en materia de salud pública.

Las asociaciones, grupos de auto-ayuda sanitaria, organizaciones, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro vienen realizando una importante labor en pro de la salud individual y colectiva de los habitantes de Castilla y León, labor que complementa las políticas desarrolladas por la Consejería de Sanidad. En consecuencia, el objetivo de esta convocatoria de subvenciones es incentivar y colaborar con estas entidades sin ánimo de lucro para que continúen realizando acciones y programas de salud pública dirigidos a la prevención de la enfermedad y a la promoción de la salud en los diferentes ámbitos de intervención comunitaria, por ejemplo en salud laboral, coincidentes con los objetivos de la planificación sanitaria de la Administración regional.

Esta convocatoria se efectúa al amparo de la ORDEN SAN/1726/2005, de 19 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la realización de acciones y programas en materia de salud pública, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', n.º 247, de 26 de diciembre de 2005, modificada por la ORDEN SAN/2206/2008, de 22 de diciembre de 2008, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', n.º 248, de 24 de diciembre de 2008.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la ORDEN SAN/1726/2005 por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de estas subvenciones RESUELVO:

Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de financiar total o parcialmente los gastos de las acciones y programas de salud pública que se realicen entre el 11 noviembre de 2008 y el 1 de noviembre de 2009, inclusive, en la Comunidad de Castilla y León.

Segundo. Crédito presupuestario e importe de la subvención.

  1. La cuantía máxima asignada a la presente convocatoria es de ciento cincuenta y cuatro euros (154.000 ) de los cuales, ciento treinta mil euros (130.000 ) serán con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.313B01.48080 y veinticuatro mil euros (24.000 ) con cargo a la aplicación 05.02.313B01.44502 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2009. Dicho crédito podrá ser incrementado en función de las solicitudes y disponibilidades presupuestarias.

  2. La cuantía máxima de la subvención no superará la cantidad de seis mil euros (6.000 ) por beneficiario y se determinará en función de los criterios de valoración.

    Tercero. Beneficiarios.

  3. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las fundaciones adscritas a las Universidades públicas así como las asociaciones, grupos de autoayuda sanitaria, fundaciones privadas o entidades de derecho privado legalmente constituidas que carezcan todas ellas de ánimo de lucro.

  4. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Cuarto. Actividades y gastos subvencionables.

  5. Sólo se podrán subvencionar las acciones y programas que se realicen en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y que se desarrollen entre las fechas 11 de noviembre de 2008 y 1 de noviembre de 2009, inclusive.

  6. Se considerarán gastos subvencionables los ocasionados directamente como consecuencia de la acción o programa, que estén debidamente...

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