ORDEN PAT/699/2006, de 7 de abril, por la que se convoca el procedimiento restringido, mediante concurso, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Medio Ambiente para la categoría de Personal No Cualificado en régimen de contratación laboral de carácter fijo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/699/2006, de 7 de abril, por la que se convoca el procedimiento restringido, mediante concurso, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Medio Ambiente para la categoría de Personal No Cualificado en régimen de contratación laboral de carácter fijo.

La Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y las Organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras suscribieron con fecha de 20 de diciembre de 2002 el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta. Dicho Convenio ha sido modificado en virtud de los Acuerdos suscritos por las partes con fecha de 20 de octubre de 2004. Ambos documentos han sido publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 27 de enero de 2003 y 3 de noviembre de 2004, respectivamente.

El Título IV del Convenio regula la provisión de vacantes, contratación e ingreso. Por otra parte, su artículo 128 relativo a 'Medidas de política forestal' establece que, sin perjuicio de las medidas específicas de movilidad previstas en el inciso final del artículo 10, se arbitrará un procedimiento restringido de acceso a plazas de R.P.T. de personal laboral a tiempo completo (12 meses) para los trabajadores fijos-discontinuos que desempeñen puestos de R.P.T. y reúnan los requisitos que figuren en aquélla.

Resuelto el concurso de traslados de estos trabajadores, procede convocar las vacantes correspondientes que figuran en el Decreto 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2005 ('Boletín Oficial de Castilla y León' de de 22 de abril), para su provisión mediante contratación laboral de carácter fijo a tiempo completo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Colectivo vigente y demás normativa laboral de aplicación, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA:

Convocar el procedimiento restringido para cubrir vacantes en la Consejería de Medio Ambiente de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en régimen de contratación laboral de carácter fijo a tiempo completo, con sujeción a las siguientes BASES:

Primera.? Número, características de las plazas y procedimiento de selección.

1.1. Se convoca concurso, turno restringido, para cubrir 15 plazas de la categoría de Personal no cualificado, Grupo V, con la distribución que aparece en el Anexo I.

1.2. La realización de este procedimiento se ajustará a lo establecido en el Convenio Colectivo y en los Acuerdos de su modificación precitados; en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de esta Administración, en lo que no contravenga a dicha Ley; en el Decreto 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público; en la Orden PAT/616/2005, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso en el Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al años 2005 ('Boletín Oficial' de 11 de mayo), así como en las bases de la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso y consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados, de acuerdo con el baremo que figura en la base sexta.

1.4. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Segunda.? Requisitos de los candidatos.

Además de los requisitos establecidos en la Orden PAT/616/2005, de 10...

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